Normativa de los precios de transferencia exige mayor control, reporte y manejo de datos

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La declaración informativa y las pautas de documentación son aspectos claves que llega a modificar el nuevo reglamento sobre precios de transferencia (PT), en las empresas relacionadas.

Ambos deberes fiscales requieren un importante esfuerzo corporativo, tanto a nivel económico como legal.

“Hay otra importante afectación que es la sustancia como tal, pues existen a nivel local y externo un montón de compañías, que por razones históricas, tiene operaciones con sus partes relacionadas y están completamente fuera de la realidad del mercado. Ahora Tributación puede llegar válidamente a fiscalizar y sancionar”, destacó Rafael González, socio de impuestos de Deloitte.

La normativa establece aspectos formales y materiales que los contribuyentes deben cumplir básicamente a partir del formulario informativo; sin embargo, aún tiene sesgos, explicó Diego Salto, especialista en derecho tributario y socio de AFC.

“Lo usual en cualquiera de los países es que primero el Estado desarrolle una ley y posteriormente un reglamento; en Costa Rica, ha sido a la inversa”, dijo.

Empero, ambos expertos coinciden en que la nueva normativa es un importante paso hacia una mayor seguridad jurídica y tributaria, tanto para la Administración como para el administrado.

A revisar y guardar datos

La principal recomendación de los expertos para las corporaciones, es preparar una matriz de análisis en la que se determine si existen relaciones con otras empresas y el tipo de vinculaciones que sostienen, ya sean económicas, comerciales o legales.

“En función de los riegos que yo asumo, en función de los hechos y circunstancias, habrá variables, de acuerdo con las condiciones de mercado en las que actúo y con las que me puedo comparar”, explicó González.

Salto afirmó que todas las empresas, sin importar su tamaño, deberán cumplir la normativa, pese a el documento no lo aclara.

El decreto contiene puntos sobre el ajuste correctivo y el análisis de comparabilidad; especifica seis métodos para comparar los precios y doce elementos que deben cumplir los contribuyentes con respecto a documentación.

La normativa aclara que se procura evitar que la fijación de precios entre empresas vinculadas persiga otros motivos, como trasladar la fuente de la ganancia de una jurisdicción a otra, perjudicando o erosionando las bases fiscales de un determinado país.

Especifica obligaciones: el deber de información exige presentar ante la Dirección General de Tributación la declaración informativa de PT con periodicidad anual a quienes realicen operaciones nacionales o fronterizas.

Esto incluye a quienes se encuentren clasificados como grandes contribuyentes o grandes empresas territoriales, o que sean personas o entidades bajo el régimen de zonas francas.

Sobre el deber de documentación, el artículo 9 del decreto dicta que los contribuyentes deben tener la información, los documentos y el análisis suficiente para valorar sus operaciones con partes vinculadas, según lo defina la Administración Tributaria mediante resolución general.

La documentación e información relacionadas con los PT deberán ser conservadas por el contribuyente durante el plazo previsto en el artículo 109 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios; es decir, por 5 años.

Empresas ya se preparan

Según el decreto N° 37898-H, las nuevas regulaciones entran a regir a partir del periodo fiscal 2014, lo que alerta en Costa Rica a las empresas vinculadas.

El Grupo Purdy Motor actualmente se encuentra en la etapa de estudio y análisis de la normativa de los PT para tomar futuras decisiones sobre posibles nuevas acciones en su negocio.

“Sin embargo, Grupo Purdy sigue un protocolo muy estricto de gobierno corporativo, que incluye un trato objetivo y equitativo a clientes internos (partes relacionadas) o externos por igual”, manifestó Jesús Castro, director general corporativo (CEO) de la empresa.

Castro expresó que en este momento no esperan grandes cambios en la manera en que documentan sus procesos. Además, indicó que han estado recibiendo y estudiando la información sobre este tema.

Por su parte, Coca-Cola Femsa Centroamérica tenía conocimiento de que se estaba preparando una propuesta de reglamento, pero esperaba conocer el detalle de lo que resultaría.

“Las principales modificaciones en la organización están relacionadas con la carga de demostrar a las autoridades fiscales, mediante una declaración informativa y un estudio de precios de transferencia, que las operaciones que realizamos con partes vinculadas toman en cuenta los precios que pactaríamos con partes independientes en operaciones comparables”, comentó Melissa Delgado, gerente de Asuntos Corporativos de la empresa.

Coca-Cola asegura que tiene un plan para adaptarse a las nuevas modificaciones, que requiere de un intenso análisis de todas las transacciones que realiza con entidades vinculadas, así como determinar los márgenes que se establecen en dichas operaciones y contratar a expertos en el tema, para llegar a establecer la razonabilidad de los precios pactados de acuerdo con operaciones comparables.

“Nuestro personal interno ha recibido amplias capacitaciones de expertos en precios de transferencia, desde el 2012 hasta la fecha. Adicionalmente, contratamos asesores externos con amplia experiencia en el tema, para que nos ayuden con el estudio de precios de transferencia en el presente año y estar en pleno cumplimiento de la normativa”, aseguró Delgado.

No bajar la guardia

La primera opción que tienen las empresas para asesorarse sobre el tema, hasta el momento, es invertir recursos para el correcto manejo del tema.

Una labor que, de momento, es individual. La Unión Costarricense de Cámaras (Uccaep), no registra hasta ahora ninguna consulta por parte de sus cámaras afiliadas en la materia, ni tiene previstas actividades de capacitación al respecto.

Sin embargo, la labor no termina en conocer esta reforma. La regulación sobre PT llega a cubrir un vacío legal que se contempló en dos proyectos de reforma fiscal en los gobiernos de Abel Pacheco y Laura Chinchilla, que no se concretaron por errores procedimentales.

El esfuerzo de la actual administración por reactivar una reforma fiscal integral podría derivar en que los PT reciban nuevos ajustes, esta vez en la Asamblea Legislativa. Así que el desafío de ajustarse a los cambios en la materia obliga a revisar y documentar, pero a estar atento ante nuevos ajustes.

Mayor regulación

Hay tres puntos que destacan en el decreto:

Principio de libre competencia: El artículo 1 define que esta valoración procede cuando el precio acordado entre partes vinculadas resulta en una menor tributación en el país o en un diferimiento en el pago del impuesto.

Facultades de la Administración: La Administración Tributaria podrá comprobar que las operaciones realizadas entre partes relacionadas se valoren de acuerdo con el artículo 1.

Ajuste correlativo: La Administración Tributaria puede hacerlo, fundamentado en un estudio de precios de transferencia realizado por la Administración de otro país. Tiene como fin evitar la doble imposición.

Fuente Decreto N° 37898-H.