Obligaciones fiscales de inicio de año

Columna Tributaria

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Enero nos trae los buenos propósitos del 2018, pero también una lista de obligaciones tributarias que debemos cumplir en buen tiempo y forma.

1. Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda. Conocido popularmente como el impuesto a las casas de lujo cuya la declaración debe presentarse cada tres años (2013, 2016 y 2019). A más tardar el 15 de enero de 2018, los propietarios de bienes inmuebles de uso habitacional deberán realizar el pago de dicha obligación.

2. Impuesto a las Personas Jurídicas. Las sociedades mercantiles, sucursales, empresas individuales de responsabilidad limitada inscritas en el Registro Nacional: tienen plazo hasta el 31 de enero para la cancelación del impuesto correspondiente al 2018. Se debe recordar que esta obligación recae tanto para entidades inscritas como las no inscritas en el Registro Único Tributario y que de igual forma las sociedades que operan en el Régimen Simplificado, deben cancelar dicha obligación.

3. Declaración anual resumen de retenciones de impuestos únicos y definitivos (D151). Los contribuyentes del impuesto sobre la renta que durante el 1 de octubre del 2016 al 30 de setiembre del 2017 hubieran practicado dichas retenciones plazo hasta el 15 de enero para la presentación de esta declaración informativa.

4. Si su cierre de periodo fiscal es año natural, y además es gran contribuyente, recuerde que tiene plazo hasta el 31 de enero para actualizar la información requerida en la Herramienta de Análisis Multifuncional Programado y Objetivo AMPO.

5. La novedad del año. Los contribuyentes personas físicas o jurídicas que estén inscritos en alguna de las actividades del sector salud son los primeros en la lista del año para aplicar factura electrónica. A partir del 15 de enero deben emitir sus comprobantes de ingresos de forma electrónica.

Todo este listado también lo podemos incluir en “la cuesta de enero”.