Plan que transformaría la contratación pública en Costa Rica está a un paso de convertirse en ley

EF explica los principales cambios que contempla el nuevo texto

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Costa Rica está a punto de consolidar una transformación integral en la actividad contractual que se realice con fondos públicos, pues el Proyecto Ley General de Contratación Pública (expediente N° 21.546) se enrumba a la votación en segundo debate.

El martes 20 de abril 42 diputados votaron de manera unánime a favor de la iniciativa que fue propuesta por Ana Lucía Delgado, diputada liberacionista.

Los congresistas aspiraban votar la iniciativa en segundo debate el jueves 22 de abril, pero la discusión se pospuso luego de que votaran una moción de forma unánime para suspender la sesión de ese día, tras confirmar que un asesor clave del Congreso ―que tiene contacto con casi todos los legisladores― dio positivo por COVID-19.

Ahora una de las posibilidades es que se vote en la última semana de abril. A pesar del retraso, el texto que ingresó a la corriente legislativa en agosto de 2019, ya se encuentra en la fase final.

“Lo que busca este proyecto de ley es poder heredar al país una reforma de Estado que tanto se necesita en el aprovisionamiento de obras, bienes y servicios, garantizando celeridad y eficiencia en la contratación. También acceso a la información, publicidad, transparencia, rendición de cuentas y que exista una mayor competencia”, aseguró Delgado.

Una vez que se apruebe la iniciativa de ley deberán transcurrir 18 meses para que entre en vigencia.

Más dientes

El expediente N° 21.546 pretende hacer los procesos de contratación administrativa más ágiles y eficientes. La futura legislación promete ahorrarle al país el 1,5% del Producto Interno Bruto (PIB) de manera anual.

Uno de los alcances de la iniciativa es que reduce las posibilidades de que las instituciones públicas se contraten directamente.

“Un ejemplo hipotético, la Municipalidad de San José contrata al ICE y no hay licitación pública, hay contratación directa ¿y qué pasa ahí? que las empresas privadas se ven afectadas”, manifestó Esteban Alfaro, doctor en derecho administrativo.

Con la futura ley una institución pública que desee contratar a otra entidad del Estado deberá encargarse de al menos el 70% de la obra contractual.

Crear una rectoría en materia de contratación pública también será posible, esto vendría a dar alivio a la Contraloría General de la República (CGR) que ahora tiene la tarea de resolver casos y a la vez marcar pautas en materia de contratación. Situación que convierte al ente contralor en una especie juez y parte, por la naturaleza de las tareas que le han sido asignadas.

Para promover una mayor eficiencia en los procedimientos de compras se aplicarán multas por recursos temerarios.

En recursos de objeción se aplicará el 0,5% del monto del umbral de la licitación mayor y del umbral superior de la licitación menor; mientras que en los recursos de apelación y revocatoria la sanción será del 1% del monto del umbral de la licitación mayor y del umbral superior de la licitación menor y de la licitación reducida.

Otro alcance es que la futura ley aspira a emparejar la cancha al establecer un solo procedimiento de contratación administrativa. En la actualidad existen diversas leyes que regulan la contratación pública, situación que fomenta la dispersión normativa.

Entidades como el Instituto Costarricense de Electricidad (ICE), el Instituto Costarricense de Ferrocarriles (Incofer), la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH), Radiográfica Costarricense (Racsa) o el Instituto Nacional de Seguros (INS) aplican diferentes legislaciones para sus actividades contractuales.

El expediente 21.546. pretende que la mayoría de las compras se realice mediante tres procesos ordinarios (mayor, menor, reducida), para dejar atrás los procesos de excepción.

La Ley de Contratación Administrativa (N° 7.494) ―que está vigente hoy en día― permite la modificación de los contratos hasta en un 100%, tanto en monto como en plazo. No obstante, el texto que se discute en la Asamblea Legislativa establece un límite de modificación del monto y plazo hasta en 20%, y en ciertos casos excepcionales permite hasta un máximo de 50%.

¿Por qué se debe esperar 18 meses?

Una vez que los diputados aprueben el texto en segundo debate, el próximo paso es que la ley sea sancionada por el Poder Ejecutivo. Posteriormente deberán pasar 18 meses para que entre en vigencia, en caso de que se apruebe en abril de este año comenzaría a regir en octubre de 2022.

Este lapso se debe a que esta será una ley de alta complejidad que requiere de reglamentación para poder instrumentalizar cada una de las normas que contiene el proyecto de ley, comentó la diputada liberacionista.

“Es importante profesionalizar a las proveedurías, este es un cambio de paradigma en las compras públicas y el Ministerio de Hacienda tendrá un trabajo importantísimo en la dirección general”, agregó.

La CGR tendrá un papel preponderante en cuanto a la reglamentación. La autoridad de compras públicas estará conformada por el ministro de Hacienda, el titular de Planificación, y el jerarca de Ciencia y Tecnología.