Economía y Política

Plazo para pagar Impuesto a Personas Jurídicas vence este miércoles 31 de enero

No todos los contribuyentes deberán de cancelar este tributo, tal es el caso de las micro y pequeñas empresas inscritas ante el MEIC

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Todos los contribuyentes que estén inscritos ante el Registro de Personas Jurídicas deberán cancelar, como máximo, el 31 de enero el impuesto correspondiente al periodo fiscal 2018. Hasta ese día las personas o empresas podrán pagar sin recargo y sin ser sancionados por morosidad.








Laura Ávila

Laura Ávila

Es periodista de Economía y Política de El Financiero

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