Proyecto anunciado por Presidencia no contempla prohibición de huelgas

Iniciativa solo agrega detalles de cuáles son servicios básicos esenciales. PUSC prepara nuevo texto para incluir prohibición absoluta de huelgas en esos servicios

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El presidente Luis Guillermo Solís mencionó el viernes pasado que Casa Presidencial impulsará la prohibición absoluta de huelgas en servicios públicos esenciales a través de un proyecto de reforma al Código de Trabajo.

Tal anuncio lo reiteró este domingo en una cadena nacional de televisión.

Sin embargo, el texto del proyecto de ley no menciona en ninguno de sus artículos la prohibición que impediría a los trabajadores que brinden servicios esenciales irse a huelga.

Por el contrario, la reforma propuesta al artículo 383 del Código de Trabajo refuerza el concepto de "plan de servicios mínimos" que deben presentar los trabajadores de un servicio esencial antes de irse a huelga; asimismo, el artículo 382 amplía la definición de servicios básicos esenciales.

La propuesta de ley fue presentada el 10 de setiembre pasado por las fracciones del Partido Acción Ciudadana (PAC), Frente Amplio y Unidad Social Cristiana (PUSC).

Rafael Ortiz Fábregas, jefe de fracción del PUSC, dijo que su partido tiene lista desde hace dos semanas una moción de texto sustitutivo del proyecto de ley para incluir la prohibición absoluta de las huelgas en servicios básicos esenciales que tengan que ver con la vida y la seguridad de las personas.

Respaldo incierto

Para incluir el cambio, los socialcristianos requieren cosechar el apoyo de otras bancadas.

Emilia Molina, jefa de bancada del PAC, dijo este lunes ante el plenario que cuenta con un acuerdo firmado con el Frente Amplio para incluir en el proyecto de ley la prohibición de huelga en los servicios de policía, atención de emergencias y de pacientes hospitalarios, así como para revisar el porcentaje del 30% de los empleados, necesario para la convocatoria a huelga.

El presidente Solís afirmó que el proyecto será prioridad de Casa Presidencial durante el actual periodo de sesiones extraordinarias.

Durante las sesiones extraordinarias el Ejecutivo controla la agenda de trabajo de los diputados. Dicha fase se extiende desde el 1.° de diciembre de 2014 hasta el 30 de abril de 2015.

Molina mencionó que el acuerdo del PAC con el Frente Amplio también contempla la aplicación al proyecto del trámite por la vía rápida establecido en el artículo 208 bis del Reglamento Interno del Congreso.

El problema con ese objetivo es que necesita de la aprobación de 38 diputados, cifra incierta en el contexto actual debido la división de criterios que hay entre los partidos políticos sobre la conveniencia de la reforma procesal laboral y por la ruptura del diálogo con Casa Presidencial.

Dos armas contra la zozobra

El viernes pasado, luego de anunciar el levantamiento del veto a la reforma procesal laboral, el presidente mencionó que un decreto ejecutivo, que se publicaría esta semana en el diario oficial La Gaceta, y el proyecto de ley, aclararían la nueva normativa para establecer la prohibición "absoluta" de las huelgas en servicios esenciales y así calmar los ánimos del sector empresarial.

Empero, de aquí en adelante el presidente Solís dejó la prohibición "absoluta" de las huelgas en manos de los diputados.

El veto fue impuesto en octubre del 2012 por la entonces presidenta Laura Chinchilla; ella argumentó que el plan era perjudicial pues abría la posibilidad de que se dieran paros en servicios fundamentales para la población.

Quienes apoyan el cambio, en tanto, argumentan que la nueva redacción del Código de Trabajo más bien regula las huelgas en esos servicios en beneficio de la ciudadanía.