Sala Constitucional valorará acción contra mecanismo para elegir diputados

El excandidado presidencial José Miguel Corrales, uno de los impulsores de la acción, pretende que voto por diputados sea nominal.

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La Sala Constitucional aceptó para su estudio una acción de inconstitucionalidad contra la fórmula estipulada en el Código Electoral para elegir a los diputados.

La acción la presentaron el 28 de febrero pasado los excandidatos presidenciales José Miguel Corrales, Walter Muñoz y el exdiputado Célimo Guido.

Ellos consideran que el mecanismo de asignar escaños en la Asamblea Legislativa mediante la fórmula de cocientes y subcocientes, que estipula el artículo 205 del Código Electoral, es antidemocrática.

Lo anterior porque afirman que ese mecanismo deja sin representación legislativa a partidos políticos que obtienen un respaldo importante en las urnas pero que no alcanzan los niveles establecidos para el cociente y el subcociente.

Según los recurrentes, ese hecho viola el principio democrático que tutelan los artículos 1 y 9 de la Constitución Política.

La Sala Constitucional adelantó que el curso de la acción no afecta la declaratoria de elección de diputados emitida por el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE), el 3 de marzo pasado, y que dejó en firme la integración de la próxima Asamblea Legislativa.

Respeto a las minorías

El exdiputado y excandidato presidencial del Partido Patria Nueva, José Miguel Corrales, consideró que la admisión de la acción es un “buen primer paso”.

Según Corrales, la acción fue presentada como parte de una lucha por consolidar la pureza electoral y para rescatar la igualdad ante la ley de todos los partidos políticos y sus candidatos a puestos de elección popular.

El abogado y político indicó que durante las pasadas elecciones del 2 de febrero se dio un hecho que lo terminó de convencer de presentar el reclamo de constitucionalidad contra el Código Electoral.

“En Alajuela el Partido Accesibilidad Sin Exclusión (PASE) obtuvo poco más de 16.000 votos y no pudo obtener un diputado porque ese número no cubría el cociente, pero Liberación Nacional (PLN) sí nombró un diputado por esa provincia con 500 votos porque le alcanzaba para cumplir con la legislación. Eso es injusto”, sostuvo.

En caso de que la Sala vote declare con lugar su acción, Corrales espera que los magistrados se inclinen por interpretar que deberá resultar elegido como diputado el candidato del partido político que alcance el sobrante mayor de votos.

Sin embargo, José Miguel Corrales-quien fue tres veces diputado por el PLN-considera que el mecanismo ideal para elegir diputados es el de votación nominal, donde el elector escoge directamente cuál candidato quiere que lo represente en el Parlamento.

Tal propuesta no fue incluida en la reforma al Código Electoral que entró en vigencia en setiembre del 2009 por falta de apoyo de los diputados.

Ese sistema es distinto al de listas cerradas que se utiliza en la actualidad.