Sala IV condenó al Estado tico por violar derechos del polémico ambientalista Paul Watson

Tribunal ordenó al Estado costarricense a pagar daños y perjuicios por negarle asistencia consular Se trata de proceso penal por el presunto de delito de peligro de naufragio

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La Sala Constitucional condenó en abril de este año al Estado costarricense por no informar al polémico ambientalista Paul Watson su derecho a asistencia consular en un proceso penal seguido en su contra por el presunto delito de peligro de naufragio, cometido en el 2002, según el Ministerio Público.

Tal fallo del tribunal constitucional obliga a que al extranjero se le paguen los daños y perjuicios sufridos.

Las autoridades costarricenses acusaron a Paul Watson, fundador de la organización Sea Sheperd, de supuestamente haber embestido a la embarcación Varadero I en aguas guatemaltecas en su lucha contra la pesca de tiburones.

Inicialmente Watson fue procesado por tentativa de homicidio, pero posteriormente la Fiscalía cambió su acusación.

La organización que Watson encabeza es sin fines de lucro y alega tener la misión de terminar con la destrucción del hábitat y la matanza de la fauna en los océanos.

Los métodos de "acción directa" utilizados por la organización para cumplir sus fines son altamente cuestionados.

Por los hechos que se le endilgan, el Estado costarricense solicitó en el 2011 la extradición de Watson, y en el 2012 la Interpol emitió una orden de detención del ecologista canadiense , quien huyó de Alemania, tras ser reclamado por Costa Rica.

En el proceso de hábeas corpus en la Sala Constitucional, los abogados de Watson alegaron que el Ministerio Público indagó al extranjero, pero no lo puso al tanto —ni tampoco lo hicieron el Juez de Garantías ni el Tribunal del Primer Circuito Judicial de San José— de su derecho de asistencia consular, dice el fallo.

Informar de tal derecho implica que las personas privadas de su libertad por autoridades estatales cuentan con el derecho a conocer que pueden notificar a las oficinas consulares de su país de origen que fueron detenidos. Los funcionarios consulares respectivos tienen el derecho de proveer asistencia a su nacional, según la Convención de Viena sobre Relaciones Consulares.

Tal hecho implicó, según la Sala Constitucional en el voto 6192-2015, una violación a la defensa efectiva de Watson, lo que violenta el debido proceso penal.

Entre diversos alegatos de la defensa de Watson, la Sala Constitucional solamente declaró con lugar que no se le informa su derecho a asistencia consular.

Natiuska Traña, abogada del bufete Pacheco Coto, a cargo de la ejecución de la sentencia constitucional en el Tribunal Contencioso Administrativo, informó que Watson solicitó, por la violación a sus derechos, $50.000, de los cuales $25.000 serían donados a la Fundación Amigos de la Isla del Coco y los otros $25.000 para que la misma fundación apoye la causa del fallecido ecologista Jairo Mora a favor de la protección de las tortugas baulas.

Mora fue asesinado en Limón y se realizará un segundo juicio para conocer si los actuales sospechosos de su homicidio realmente cometieron el crimen, como lo alega el Ministerio Público.

Además, la abogada solicitó que el Gobierno costarricense se disculpe públicamente por sus actos en un medio de circulación nacional.

Por el momento, no se han resuelto por los jueces contenciosos las peticiones presentadas por los abogados de Watson.