Sala IV halla una inconstitucionalidad en el presupuesto

Una partida destinada a las municipalidades viola principio de especialidad presupuestaria

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Los magistrados de la Sala IV determinaron que una de las partidas incorporadas en la “Ley de Presupuesto Ordinario y Extraordinario de la República para el ejercicio económico 2013” es inconstitucional, debido a que viola el principio de especialidad presupuestaria.

“Este principio es el que vincula al legislador a señalar, en forma concreta, cuál es el destino de una partida presupuestaria. No puede ser general ni global, como sucede en este caso”, explica el comunicado emitido por el Tribunal Constitucional.

La partida que presenta problemas asciende a ¢3.600 millones destinados a las municipalidades del país para el fortalecimiento del Régimen Municipal, la estimulación del funcionamiento eficiente del Gobierno local y las condiciones de vida de sus habitantes.

El objetivo es que los recursos serán destinados a obras y servicios públicos municipales con el fin de administrar y atender los intereses de la comunidad y lograr una mayor eficacia en la prestación de los servicios y la ejecución de obras en el respectivo cantón.

Los ¢3.600 millones debían ser distribuidos por el Ministerio de Hacienda mediante un decreto ejecutivo.

El pronunciamiento de la Sala Constitucional se produce ante una consulta legislativa presentada por varios diputados del Partido Acción Ciudadana, Frente Amplio, Partido Unidad Social Cristiana y el Movimiento Libertario.