Tributación quiere vigorizar instrumentos de apremio contra deudores de impuestos

Plan “antievasión” fortalece cobro administrativo de deudas

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Desconfiada de la capacidad de los Tribunales para emitir fallos en materia tributaria y frustrada por la lentitud de los procesos de cobro judicial, la Dirección General de Tributación (DGT) pretende fortalecer sus capacidades para cobrar las deudas de los contribuyentes por la vía administrativa, más rápida y ágil.

Con ese fin, el Ministerio de Hacienda incluyó en el proyecto de ley para mejorar la lucha contra el fraude fiscal la creación de un nuevo título en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

Un añadido que ha despertado la preocupación de los abogados expertos en derecho tributario.

Apremio contra la evasión

En el capítulo II del título sobre procedimientos de cobro, las autoridades incluyeron las nuevas regulaciones de apremio, procedimiento que iniciará con la certificación de deudas pendientes de pago de un contribuyente.

Las intenciones son claras: reducir la evasión y la elusión fiscal, prácticas que, según Hacienda, impiden que el fisco recaude el equivalente a un 7,75% del Producto Interno Bruto (PIB) anualmente.

En ese contexto, el apremio se convierte en una de las herramientas que las autoridades pretenden reforzar como arma contra los evasores de impuestos y disminuir el déficit fiscal que cerraría el 2014 en un 6% del PIB.

Según el proyecto de ley, el proceso de apremio tendrá la misma fuerza ejecutiva que la sentencia judicial para que la administración proceda contra los bienes y derechos de obligados a pagar.

Uno de los primeros aspectos que destaca dentro del texto del proyecto, que discuten los diputados, es la propuesta de Hacienda de darle el estatus de agentes de la autoridad a sus funcionarios que se desempeñen en órganos encargados del apremio.

De esa forma, los funcionarios adquirirán nuevas potestades para obligar a las personas físicas y jurídicas a cancelar sus deudas pendientes con Hacienda.

Por ejemplo, esos funcionarios que desarrollan funciones de recaudación tendrían la potestad de comprobar e investigar la existencia de bienes de personas con obligaciones fiscales pendientes.

Otra reforma al código incluida en el proyecto establece que Hacienda podrá ejercer la defensa de sus funcionarios cuando estos sean demandados en la vía civil, contenciosa o penal, por el cumplimiento de sus funciones.

Con respecto a los órganos de Hacienda con potestad de llevar a cabo el apremio, el proyecto les da la potestad de decretar medidas cautelares contra contribuyentes que, a juicio de Hacienda, se pudieran ausentar, enajenar u ocultar bienes, o que pudieran realizar cualquier otra maniobra para dejar de cubrir sus deudas.

El proyecto menciona que entre las medidas cautelares que Hacienda estaría en capacidad de realizar, están el embargo de bienes, la retención de devoluciones tributarias o de otros pagos.

Según el viceministro de Ingresos, Fernando Rodríguez, si los diputados conservan el proyecto como está, la Administración contará con herramientas acordes con las tendencias mundiales para fortalecer su capacidad de recuperar deudas.

Hacienda, actor civil

Sin embargo, el proyecto no solo fortalece el cobro administrativo en manos de Hacienda.

También procura otorgarle a esa cartera una participación más activa en los procesos judiciales contra los contribuyentes.

Un párrafo final en el artículo 92 del código establece que Hacienda se tendrá que constituir como actor civil en el ejercicio de la acción civil resarcitoria.

Tributación pretende de esta forma estar informada del día a día de los procesos judiciales.

Esto a través de notificaciones de las decisiones que los jueces tomen con respecto a los casos planteados contra sujetos pasivos.

El cambio se decidió a la luz de lo que sucede hoy, cuando las autoridades están al margen de la información de los juicios.

Tributación se siente en desventaja pues en muchas ocasiones se entera de las resoluciones judiciales a favor de los demandados cuando ya es tarde y no tiene capacidad de reaccionar con apelaciones o nuevas denuncias, o bien, para evitar prescripciones.

Más recaudación sin abusos

Rodríguez negó que el proyecto vaya a empoderar a la DGT para cometer arbitrariedades.

El director de Tributación, Carlos Vargas, agregó que las nuevas potestades se equilibrarían con la creación de la Sala de Garantías Procesales, que estaría adscrita al Tribunal Fiscal Administrativo. Este es un órgano independiente de la Administración Tributaria, encargado de controlar la legalidad de las actuaciones de los funcionarios recaudadores.

El viceministro de Ingresos mencionó que Hacienda también planea poner a disposición de los contribuyentes varios mecanismos administrativos para facilitar las denuncias contra funcionarios de Tributación.

“Con esos contrapesos el fortalecimiento de la Administración no tiene por qué llamar a temor”, manifestó Rodríguez.

Ese llamado a la calma no genra mayor efecto en los abogados tributaristas.

Diego Salto, socio del bufete AFC, cree que los cambios son innecesarios pues el Código Tributario se actualizó en el 2012.

Salto y Alan Saborío, socio director de Deloitte, coincidieron en que las nuevas reglas del apremio judicializan las potestades de Hacienda y relegan a los tribunales a un papel secundario.

Los diputados aún no se pronuncian sobre los nuevos “dientes” que Hacienda pretende tener para cobrar los impuestos.

La polémica se adelantó al debate del proyecto de ley, proceso que apenas se inicia.