Conassif aplica más cambios para aliviar calificación de deudores y mitigar posibles pérdidas de entidades financieras

Regulador deja a criterio de cada entidad el establecimiento de periodos de gracia, sin el pago de intereses ni el principal de la deuda

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El Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) anunció un nuevo paquete de medidas para mitigar el impacto del nuevo coronavirus en esta industria y en los deudores.

Se trata de una serie de modificaciones a la regulación que pretenden reducir la afectación del COVID-19 en la calificación de riesgo de deudores, así como proteger a las entidades financieras en caso de percibir periodos extendidos de pérdidas y por ende, reflejen irregularidades.

Algunas de estas medidas fueron solicitadas por el sector bancario a los reguladores días atrás.

Por su lado, el Banco Central de Costa Rica (BCCR) comunicó mediante un hecho relevante que participará en los mercados de liquidez de la Bolsa Nacional de Valores a un día y recompras, como inversionista en dólares. También, participará en esos mercados como inversionista en colones, entre un día y 30 días plazo.

Capacidad de pago

Al momento de que las entidades financieras analicen la capacidad de pago del deudor, en los créditos ya otorgados, los análisis de seguimiento no tendrán que efectuarse bajo escenarios de tensión financiera.

Lo anterior pretende evitar un mayor deterioro de la calificación de riesgo del deudor.

Además, las entidades que consideren pertinente podrán aplicar dos prácticas, al momento de hacer readecuaciones de crédito o prórrogas de pago. Primero, aplicar excepciones de entrega de información requerida usual para analizar la capacidad de pago del deudor.

Segundo, aun cuando el cliente solicite una readecuación o prórroga, las entidades podrán mantener sin cambios el nivel de capacidad de pago.

Estos dos cambios estarán habilitados de forma temporal y hasta el 31 de marzo del 2021.

Además, se podrán aplicar en créditos del Sistema de Banca para el Desarrollo (SBD).

Periodo de gracia

Conassif dispuso que quedará a criterio de cada entidad financiera la oferta de periodos de gracias sin el pago de intereses ni principal de la deuda.

Pérdidas de entidad financieras

La regulación actual dispone que cuando una entidad financiera muestra pérdidas en seis o más periodos, en el transcurso de los últimos 12 meses, pasa a grado de irregularidad dos.

Esta disposición estará suspendida por un periodo de 12 meses, para evitar distorsiones por los efectos del COVID-19, explicó el comunicado de prensa.

También, Conassif habilitó al jerarca de la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef), puesto ocupado por Bernardo Alfáro, para que pueda modificar los niveles de normalidad o de irregularidad para los indicadores de liquidez del sistema financiero, basándose en los riesgos del sistema.

Esta potestad que se otorga al superintendente se mantendrá hasta el 30 de setiembre del 2020.

Estimaciones contracíclicas

“Se amplía la capacidad potencial de las entidades de percibir ingresos por desacumulación de provisiones”, anotó el comunicado.

Estas estimaciones corresponden al dinero que reservan las entidades financieras para blindarse ante riesgos del ciclo económico y el efecto que este tiene en el impago de las carteras de crédito.

Lo que Conassif anunció es que las entidades pueden proceder a reducir las provisiones y utilizar esos recursos para otros fines, entre ellos préstamos a clientes.

La medida es congruente con la reciente disminución del nivel mínimo de requerimiento contracíclico, así como la reducción en el ritmo de acumulación de dichas estimaciones, ambas medidas adoptadas por Sugef, añadió el documento.