Contabilidad en regla será clave para cierre del periodo fiscal 2014

Periodo fiscal 2014 concluye el próximo 30 de setiembre

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

El próximo 30 de setiembre concluye el periodo fiscal para el año 2014 y con ello, la obligación de todos aquellos trabajadores independientes, pequeños y grandes empresarios de reportar ante la Dirección General de Tributación Directa (DGTD) los ingresos, costos, gastos y utilidades obtenidos durante el último año.

Para ello, el Colegio de Contadores Públicos Autorizados (CCPACR) recomendó prestar total atención al tema contable, pues este es el primer paso para evitar errores y omisiones que podrían generarle grandes sanciones económicas a la hora de la declaración y pago del impuesto de la renta.

Guillermo Smith, presidente del Colegio, explicó que todavía se está a tiempo de poner la contabilidad en orden, ya sea bajo la asesoría de un contador público autorizado o con el Despacho de Contadores Públicos de su preferencia.

"Un profesional lo orientará para revisar que todo lo mencionado esté de conformidad con las normas tributarias, partiendo de su contabilidad", aseguró Smith.

Empero, el contribuyente podría utilizar como guía, al menos, los siguientes cinco consejos:

1. Asesorarse de tener todos los ingresos y egresos debidamente registrados y documentados.

2. Llevar con detalle los registros auxiliares que podrían ser requeridos en una auditoría fiscal. Los registros auxiliares son el detalle de la información dentro de la contabilidad.

3. Revisar cuáles son los ingresos que no pagan impuestos; entre ellos, los intereses sobre certificados de depósitos a plazo, dividendos e ingresos recibidos por servicios prestados en el exterior.

4.Determinar cuáles gastos no son deducibles; como por ejemplo, "si se trata de servicios profesionales, no siempre se puede reducir los gastos de combustible, vestimenta, alimentación o educación".

5. Asegúrese de que todos sus comprobantes de gastos cumplan con las disposiciones de la DGTD, tales como facturas electrónicas y autorizadas; las mismas no deben tener tachones y deben corresponder al periodo fiscal 2014 (periodo comprendido entre el 1 de octubre del 2013 y el 30 de setiembre del 2014).

Según Smith, el cumplir a cabalidad con todas estas indicaciones le permitirá estar mejor preparado ante la declaración de renta, la cual se debe presentar como plazo máximo el 15 de diciembre del 2014.

Sanciones. A criterio del presidente del Colegio, un buen cierre fiscal tiene como objetivo el no incurrir en equivocaciones que le puedan generar sanciones económicas por parte de la administración tributaria.

"Si la DGT señala que existen inconsistencias en la declaración, puede determinarle un nuevo impuesto a pagar y establecerle una sanción administrativa, ya sea leve, grave o muy grave, por la que podría obtener una multa que va entre el 50% y el 150% del nuevo impuesto determinado", detalló Smith.

Agregó, en modo de ejemplo, de que si a un contribuyente el Fisco le determinó un nuevo impuesto de renta a pagar por la suma de ¢10 millones de colones y la sanción fue considerada como muy grave porque hubo anomalías sustanciales en la contabilidad, la sanción que se le puede establecer es de un 150% del nuevo impuesto, por lo que terminaría pagando una multa de ¢15 millones de colones.

La no presentación de la declaración de renta le podría generar un castigo de ¢199.900.

En 2013, unas 450.000 personas, físicas y jurídicas, debieron hacer el cierre del periodo fiscal y hacer la declaración de sus ingresos y gastos y el pago del impuesto de la renta sobre su utilidad.