EE. UU. amplía plazos para aplicación de Ley Fatca

Ley de cumplimiento tributario de cuentas extranjeras obliga a las entidades financieras a facilitar información sobre sus clientes estadounidenses

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El plazo para que las entidades financieras de cada país se registren ante el Departamento del Tesoso de Estados Unidos, sin recibir como sanción la retención del 30% de sus flujos provenientes de fuentes norteamericanas, se amplió hasta el 25 de abril de 2014, según informó la empresa consultora Deloitte.

Anteriormente, la fecha límite establecida para que las Entidades Financieras Extranjeras (EFE) obtuvieran su número de identificación de intermediario global (GIIN, por sus siglas en inglés) era el 25 de octubre de este año.

De igual forma cambió la fecha a partir de la cual estará disponible el portal en el que las entidades financieras pueden hacer su registro. El mismo estará habilitado a partir del 19 de agosto de 2013 y no a partir del 15 de julio como estaba establecido en un principio.

“Las modificaciones obedecen a los esfuerzos a nivel mundial de lograr la firma de contratos intergubernamentales entre los EE. UU. y los países que así lo soliciten. Mediante estos, se busca darle a las entidades financieras una justificación legal dentro del país en donde operan, para poder cumplir con lo que exige el FATCA minimizando las contingencias. En América Latina, hay varios países que se encuentran en estas negociaciones, siendo México el primer país en firmar dicho acuerdo”, dijo Manrique Blend, de Deloitte.

Costa Rica intenta negociar uno de estos acuerdos. Sin embargo, primero el país deberá renegociar su actual tratado de intercambio de información tributaria con Estados Unidos.

 La Ley Fatca  es una normativa incluida dentro del capítulo cuarto de la Ley de Impuesto sobre la Renta de ese país, mediante la cual el gobierno de ese país le solicita a las entidades financieras de todo el mundo, identificar y reportar las inversiones que los contribuyentes norteamericanos tienen fuera de su país.

El reporte de información iniciará en marzo del 2015 con datos generales y balances de las cuentas de todos los contribuyentes estadounidenses que tengan inversiones fuera de este país. A partir de marzo del 2017 – y todos los años de ahí posteriores–, se deberán reportar los ingresos, retiros y pagos brutos que se originen hacia o desde la cuenta del contribuyente en el último año.