Límite a deducciones para funcionarios públicos también implica riesgo para deudores

Personas mancharán su crédito si no cancelan sus deudas a tiempo

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El Ministerio de Hacienda informó que desde de la primera quincena de setiembre aplicaría un límite a deducciones vía planilla de los salarios de funcionarios públicos menores a ¢199.760. Esta decisión representa una amenaza para varias entidades financieras, pero también para sus usuarios o deudores.

EF consultó a cooperativas de ahorro y crédito, así como especialistas financieros para conocer cuál es su posición respecto de la reciente decisión de Tesorería Nacional. Todas coinciden que este nuevo lineamiento representa un riesgo para la entidad y también para los deudores, en especial a quienes afectará la limitación establecida.

Esta nueva práctica no implica la condonación de deudas, lo único que cambia es que el usuario verá el depósito del dinero en su cuenta de ahorros donde recibe el salario y desde ahí deberá tomar los recursos para realizar el pago directamente. Es decir, es posible que vea más dinero del que usualmente recibía, pero debe utilizarse para cumplir con los compromisos.

Danilo Montero, director general de la Oficina del Consumidor Financiero, explicó que la no deducción puede afectar a los usuarios, pues las personas corren el riesgo de pensar que al tener más efectivo disponible, no existe una deuda e inclusive pueden olvidarse de sus obligaciones, lo que podría afectar su récord crediticio.

“En muchas ocasiones los consumidores se pueden ilusionar pensando que tienen efectivo disponible pero en realidad es dinero que corresponde a pagar obligaciones”, advirtió.

Por otra parte, si los usuarios dejan de cancelar sus deudas, las entidades financieras aumentarán sus tasas de morosidad lo que podría incidir directamente en un costo para la institución.

Desde Coopeservidores explicaron que esta decisión materializa una amenaza previamente analizada, por lo que desde hace una año vienen trabajando en alternativas para evitar que sus usuarios se vean afectados y a la vez proteger la institución.

Hugo Villalta, director de Mercadeo y Ventas de Coopeservidores, señaló que aproximadamente un 24% de sus 10.344 asociados podrían verse afectados, pues son los que pertenecen al Gobierno Central y cuyas deducciones se aplican por parte de la Tesorería Nacional. Sin embargo, el efecto real lo podrán ver hasta que se reciban las deducciones del mes de setiembre.

“La deducción de planilla se considera como un elemento facilitador para el asociado al momento de realizar el pago de sus obligaciones, ya que el deudor se asegura de realizar los pagos de forma fácil sin tener que preocuparse en acudir a otra vía o canal, no dependemos exclusivamente de ese factor, pero facilita el proceso de pago”, agregó.

En CoopeAnde consideran que pese a que la decisión afecta a un pequeño porcentaje de la cartera, la medida tomada por el Ministerio de Hacienda discrimina a los asociados por su condición salarial, sin considerar la capacidad de pago real de la persona, ni la condición económica al momento del otorgamiento del crédito.

“La nueva norma no excluye las deducciones por ahorros y otros rubros voluntarios que no son obligaciones. La evidencia nos confirma que esta decisión va a provocar exclusión financiera contra los trabajadores de salarios más bajos”, confirmó la entidad mediante una respuesta enviada por correo electrónico.

Para Jorge Solano, gerente general de Coopemep, manifestó que esta decisión implica un cambio de cultura, debido a que el deudor del sector público no está acostumbrado a atender sus deudas y compromisos de una manera diferente a la deducción automática.

“Se trata de un cambio de cultura y las entidades financieras tendremos un impacto, por lo que desde la institución hemos tomado una serie de acciones para informar a nuestros asociados de los canales alternativos para atender sus compromisos”, garantizó.

Proceso de Cobranza

Villalta insiste que las personas deben recordar que la suspensión de la deducción no significa que se deja de tener la deuda, inclusive asegura que este es el mejor momento para llegar a acuerdos de pago con las entidades financieras.

Al dejar de pagar sus deudas a tiempo los consumidores se exponen a una serie de consecuencias que podrían manchar su récord crediticio y evitar que en ocasiones futuras puedan optar por un financiamiento en cualquier entidad financiera.

Las personas deberán honrar sus créditos, en el caso de que no lo hagan, ni se acerquen a la institución ingresarán en un proceso de cobro progresivo.

En primera instancia se iniciará el cobro administrativo, donde se contactará personalmente a los deudores, el codeudor o fiadores cuando corresponda. En esta etapa se busca llegar a un compromiso o a un arreglo de pago. Este proceso generalmente puede durar de 60 a 90 días, dependiendo de la entidad.

Una vez agotada la vía de cobro administrativo, el crédito es sometido al cobro judicial, el objetivo es no llegar a esta etapa, debido que tiene implicaciones para el deudor que le encarece la deuda con intereses moratorios, gastos y honorarios del proceso, además representa un riesgo de embargos que podrían incluir salarios, cuentas o bienes según corresponda.

Estos rubros podrían representar aproximadamente un 10% adicional sobre el saldo de la deuda. Un proceso de cobro judicial, no conviene ni al deudor ni al acreedor.

Por otra parte, las entidades financieras reportan de forma mensual los saldos de las operaciones de crédito de cada deudor y sus días de atraso al Centro de Información Crediticia (CIC) de SUGEF. Esto es lo que podría manchar el récord crediticio y limitar o cerrar el acceso a nuevos préstamos.

Acción de inconstitucionalidad

El Banco Popular presentó una acción de inconstitucionalidad en contra del artículo 44 ter de la Ley de la Promoción y Defensa Efectiva del Consumidor, que es el que facultó la decisión de la Tesorería Nacional.

De acuerdo a la acción, lo que busca es que no se permita la exclusión financiera de los sectores más vulnerables de la sociedad, que son los que menos ingresos tienen, porque en la forma en que se dictó la Ley, justamente provoca esa diferenciación o desigualdad, en razón de la condición salarial de la persona.

Con la admisibilidad de acción, Hacienda podría dejar en pausa su decisión de no hacer rebajos por planilla, y esperar a que la Sala Constitucional resuelva la constitucionalidad o no de la norma.

“Suspender los pagos, solamente provocará una ilusión de propiedad, ya que las deudas no van a desaparecer, pero sí los clientes no pagan, mancharán su historial crediticio, lo cual igualmente hará muy difícil su continuidad en el sistema financiero nacional”, agregó Juan Francisco Rodriguez, Subgerente General de Negocios del Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

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