Mayoría de instituciones públicas aseguran sus riesgos con el INS, ¿las compañías privadas pueden competir en este segmento?

El INS domina la comercialización de seguros en las instituciones pública, pero esto podría cambiar a futuro

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¿Cuál es el procedimiento que las entidades del sector público deben seguir para contratar seguros? Esta es la pregunta que la Superintendencia General de Seguros (Sugese) quiere evacuar y por la cual acudió a la Contraloría General de la República (CGR).

El documento presentado por la Superintendencia cuestiona la forma en la que las instituciones públicas proceden a contratar los seguros, al considerar que la apertura de este mercado llegó para que las aseguradoras compitan entre sí y cualquier persona o empresa pueda elegir la que mejor se ajuste a sus necesidades. Esto incluye a las instituciones públicas.

La consulta se presentó el 4 de diciembre del 2019, pero ante la ausencia de unas firmas digitales, se tuvo que presentar nuevamente el 31 de enero.

Actualmente, son pocas las entidades estatales que realizan una licitación o procedimiento similar al momento de contratar un seguro para sus edificaciones y equipo entre otros. Es decir, no se abre un concurso para recibir varias ofertas, sino que se elige de manera inmediata a una en particular, en este caso el Instituto Nacional de Seguros (INS).

Un ejemplo de licitación fue la que realizó la Caja Costarricense del Seguro Social (CCSS) para asegurar todos sus activos. El proceso lo ha ganado Oceánica de Seguros en varias ocasiones. La última de ellas a finales del 2019 y por un monto de $2.369 millones.

La compañía presentó una oferta competitiva, se ganó la confianza de la Caja y demostró que puede atenderlo con respaldo internacional y en tiempo récord, a criterio de Daniel Hernández, presidente ejecuivo de Oceánica.

Este caso exceptúa del segmento público que permanece dominado por el INS, a diferencia del resto del mercado empresarial privado y de pólizas personales, donde las aseguradoras sí han logrado posicionarse e inclusive llevarse cuotas de mercados similares a las que tiene la aseguradora estatal.

El ingreso por primas que el INS percibe por parte de las instituciones públicas se registra, en su mayoría, como seguros generales. Se trata de seguros de automóviles, equipo, edificios, entre otros.

Al revisar la generalidad de estos seguros, el INS se adueña del 74% de los ingresos del segmento. A diferencia de las pólizas voluntarias, donde ya solo domina el 45%.

En 2019, solo por ingresos de primas en seguros generales, el INS recibió ¢261.928,7 millones. La aseguradora que más se le acerca está bastante por debajo (ASSA con ¢33.365,8 millones).

La posición de Sugese fue expuesta por la División de Asesoría Jurídica mediante el dictamen PJD-SGS-009-2019, emitido en fecha 04 de diciembre de 2019.

La ejecución de compras de seguros, por parte de instituciones del Estado, sin que se contraste la oferta de los participantes del mercado “iría en detrimento de los principios de eficiencia, eficacia, igualdad de trato y libre competencia de oferentes, vinculantes en materia de contratación administrativa y las normas relacionadas del marco normativo de contratación pública”, anotó la división jurídica en el documento.

“Lo que buscamos es el que el sistema de compras sea transparente y eficiente”, comentó Tomás Soley, jerarca de Sugese.

La lucha por esclarecer este tema persiste desde hace bastantes años, inclusive en una puja con el INS que afirma que el proceso de contratación es transparente.

En el 2014, Sergio Alfaro, el entonces presidente del INS, respondió a la Sugese a través de este medio, que la contratación era transparente, los precios eran los que técnicamente correspondían y que una licitación pública no era la mejor opción porque “la Ley establece que lo deben hacer con el INS”.

EF consultó al INS su posición sobre la consulta hecha por Sugese ante la CGR, pero al momento de publicación de esta nota no se había recibido respuesta.

¿Qué dice la ley?

En relación con la contratación directa con el INS, la legislación destaca que esto es posible siempre que se verifique que dicha entidad ofrece las mejores condiciones así como los principios generales en materia de contratación administrativa, su marco legal y regulatoria y las mejores prácticas de contratación que deben observar las entidades del Estado, según el artículo 7 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros.

Es decir, se reconoce al INS como entidad principal.

Sin embargo, al mismo tiempo establece que para que esto se sostenga, el INS deberá ofrecer condiciones más favorables que su competencia.

A criterio de la Sugese, la Ley no supone una ventaja real para el INS, sino lo contrario.

“Más bien lo obliga a participar en un concurso que solo puede ser conteste con el marco legal de contratación pública, y a partir del cual la contratación del seguro se adjudicará a la aseguradora que mejores condiciones ofrezca, sea esta el INS o cualquier otra”, señala el texto firmado por el Vilma Gamboa, intendente de seguros a.i.

De esta forma, a su vez, el ente contratante debe aplicar los principios de igualdad y libre competencia de todos los oferentes potenciales y demás normas de contratación pública que les dicta la legislación.

La exposición de la posición de la Sugese, inclusive aborda el principio de los compromisos adquiridos con la suscripción y aprobación del Tratado de Libre Comercio entre Centroamérica, República Dominicana y los Estados Unidos.

Esos compromisos de “cumplimiento obligatorio”, implican el trato nacional y la competencia efectiva no discriminatoria.

La Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) acecha el tema, y ha cuestionado la forma de compras públicas de seguros a la misma Sugese.

Al respecto, Soley, el jerarca de la superintendencia, afirma que se trata de un elemento que no está en su perímetro, pero velar por la eficiencia y transparencia en el mercado sí, por lo que procedió a realizar la consulta a la Contraloría.

La Procuraduría General de la República emitió un criterio sobre el tema en 2010, tan solo dos años después de que se abriera el mercado de seguros.

“Se sigue de lo anterior que, en tanto cumpla con las condiciones establecidas, el INS tiene un ámbito determinado exclusivo de que es la contratación de los seguros con el Estado”, anotó la Procuraduría.

El conocimiento sobre este criterio no está generalizado, y el vacío en las compras de pólizas en el segmento público persiste diez años después.

“Lo curioso es que cuando uno se fija en el Sicop (Sistema Integrado de Compras Públicas), la mayoría de las compras de seguros, aparecen como compras de proveedor único”, anotó Soley.

La espera a la respuesta de la Contraloría puede tardar semanas o meses, y hasta entonces, se concretará el camino que deben seguir las instituciones públicas al contratar sus pólizas.