MEP se exime como corresponsable en sobreendeudamiento de educadores

A 12.993 educadores de todo el país se les deduce de entre un 75% y 100% de su salario como consecuencia del pago a terceros (préstamos, cuotas de asociaciones, afiliaciones, pensiones alimentarias, entre otros)

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Migrar a una nueva plataforma de pago en el Ministerio de Educación Pública (MEP), dejó al descubierto el sobreendeudamiento que vive el sector a nivel nacional. Evidenció, además, que en muchos de los casos se le estaba girando un salario mensual a los educadores que no era el correcto (por encima del monto que correspondía).

El Departamento de Informática del MEP aseguró que, por ejemplo, con la vieja plataforma conocida como SIGRH, hubo casos de educadores que ascendían de profesional 1 a categoría 2 y obtenían el pago de los dos salarios.

"El antiguo sistema, SIGRH, no realizaba la verificación de los cuadros de personal, que sí hace Integra 2. Como consecuencia, se generaban sumas pagadas de más para algunos trabajadores del MEP", señaló el departamento.

Entonces, qué pasa en estos casos, qué pasa con ese dinero extra. ¿Pudo ser el MEP corresponsable de que los educadores se endeudaran más de lo que debían por recibir montos que no eran correctos?.

Lo que dice la ley

Ante ese cuestionamiento, Judith Corella, abogada especialista en derecho laboral público y socia de la firma BDS Asesores, explicó que en primer lugar, a nivel legal si el patrono llega a girar dinero extra al empleado por un error en el sistema, este está hasta en la obligación de reclamar ese monto de más.

"Tenemos que ver primero que tan reiterado en el tiempo ha sido el monto de más que ha recibido el profesor, esto no es algo fuera de lo normal en el setor público. La jurisprudencia ha dicho que si ese pago es por un simple error del patrono, un error de cálculo, este tiene la posibilidad, de inclusive, rebajar esos montos pagados de más a futuro", comentó Corrella.

Según la especialista, el patrono estaría en la obligación de informar al trabajador y hacer los rebajos en al menos en cuatro tractos. "Tiene que ser de manera que a la persona le permita seguir viviendo, que no lo vayan a dejar con ¢20.000 en la cuenta. Tiene que quedar claro que en el caso del ministerio se están utilizando fondos públicos y que la administración tiene que recuperar ese dinero".

Empero, el mismo trabajor está también en la obligación de reportar desajustes en su salario, sea a su favor o en su contra.

A su vez, la abogada dejo claro que en primer momento, el MEP no resultaría codeudor de las deudas que mantenga el empleado, pues este hace con su dinero lo que a su criterio considere conveniente.

Sin embargo, aclaró que si la institución en algún momento llegó a girar un certificado de ingresos que no era el correcto y este fue utilizado para solicitar un crédito, la entidad si tendría que dar cuentas ante la ley por certificar algo que no era real.

"En un caso como ese se tiene que poner atención el por qué el Ministerio certificó que ese era el salario del educador y abrir un proceso para determinar eso. Se deben revisar detalles si fue solo una vez o si ha venido pasando por más tiempo. Debemos ver caso por caso", concluyó.

La oficina de prensa de esa cartera respaldó lo mencionado por Corella, y dejo claro que la institución no tendría por que responder ante las deudas de sus trabajadores, si estos están en la potestad de decidir en qué invertir su salario.

La primera semana de junio, el Ministerio de Hacienda reveló que a 12.993 educadores de todo el país se les deducía de entre un 75% a un 100% de su salario como consecuencia del pago de préstamos, cuotas de asociaciones, afiliaciones, pensiones alimentarias, pólizas, ahorros y hasta embargos crediticios.