Procuraduría: impuesto sobre rendimiento de títulos para inversionistas no residentes debe ser del 8%

Según la interpretación de Hacienda, extranjeros no domiciliados deben pagar 15% de renta.

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La Procuraduría General de la República emitió una recomendación para que a los inversionistas extranjeros no residentes se les cobre el impuesto de renta sobre los rendimientos de los títulos valores tal como a los residentes, a saber, un 8%.

La recomendación se da por un caso planteado por la Superintendencia General de Valores, que plantea la revisión del cambio en la retención del impuesto sobre los intereses para inversionistas que no viven en el país de forma permanente y cuyo domicilio legal no se ubica en Costa Rica, que es actualmente del 15%.

Esta diferenciación se da por una interpretación legal de la Dirección General de Tributación que deja sin efecto el artículo 23 de la ley del Impuesto sobre la Renta en relación con el impuesto de retención único y definitivo que se aplica sobre los rendimientos de los títulos inscritos enlas bolsas o que hayan sido emitidos por entidades bancarias sujetas a regulación respecto a estos inversionistas, que debe ser igual para nacionales y extranjeros.

Ante la situación, la Bolsa Nacional de Valores y otros sectores hicieron una consulta formal ante Tributación para exponer el criterio en torno a la aplicación oportuna del artículo y cómo no había sido afectado por la Reforma a la Ley del Sistema de Banca para el Desarrollo.

Tributación atendió las consultas pero concluyó que sobre los rendimientos para inversionistas no dimiciliados sí correspondía un impuesto del 15%.

Frente a esta interpretación, en un comunicado, la Bolsa Nacional de Valores señaló que los inversionistas del mercado de valores y el sistema bancario del país se vieron de un momento a otro severamente afectados los rendimientos que se les pagaron con el impuestodel 15%.

Según el criterio de la Procuraduría, que no es vinculante, el impuesto debe ser único, igual para todos, como está estipulado en la ley.

EF envió consultas a Tributación sobre este tema, pero no se ha recibido respuesta.