Bonos de empresas públicas

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Cuando en una familia no se cuenta con el dinero suficiente para sufragar sus gastos tiene dos opciones: a) gastar menos y hacer una redistribución de sus ingresos; o b) buscar nuevos ingresos, lo cual se puede lograr mediante un aumento de sus salarios o pidiendo un préstamo.

Lo mismo ocurre con los gobiernos, lo único es que en el caso de nuevos ingresos existe una variedad de opciones: a) aumentar los impuestos, b) realizar una mayor recaudación de los actuales, c) eliminar o reducir las exenciones, o bien d) emitir bonos o, lo que es lo mismo, lograr un financiamiento directo a través de los particulares. En este último caso, el problema es que si el financiamiento es interno se alteran las tasas de interés y se perjudican las inversiones del país, ya que los bonos captan recursos que se podrían destinar para aquellos fines.

Sin embargo, lo nuevo es que desde hace varios años las empresas públicas en nuestro país han recurrido al financiamiento de los proyectos a través de la emisión de bonos, particularmente el ICE que ha logrado financiar varios de sus proyectos con esta modalidad. Y lo está tratando de lograr Recope S.A. con una emisión de $250 millones con los cuales pretende financiar varios proyectos en su actividad.

El financiamiento de las inversiones públicas se ha realizado históricamente a través de los bancos de desarrollo y es fundamental que se sigan haciendo así por dos razones especialmente: 1) porque las condiciones de los préstamos son las mejores; y 2) porque los bancos de desarrollo exigen estudios muy completos que garanticen no solo la factibilidad financiera de los proyectos sino la factibilidad económica, es decir, la bondad de los proyectos para la economía en general, incluyendo desde luego la protección de los consumidores, tratándose de empresas públicas.

Además, debemos tomar en cuenta que este tipo de financiamiento, por ley, debe obtener la aprobación de la Asamblea Legislativa.

La exigencia de estudios complejos y el trámite de la Asamblea Legislativa ha hecho que el ICE y ahora Recope S.A. hayan optado por buscar el financiamiento de los proyectos a través de la emisión de bonos; desde luego con la complacencia del Poder Ejecutivo.

Esta forma de financiar los proyectos a través de bonos, presenta varios aspectos particulares que vale la pena mencionar, porque afectan directamente a los consumidores.

En contra de la ley

En primer lugar, las empresas no están obligadas a realizar estudios de factibilidad, especialmente de carácter económico, por medio de los cuales se garantice que ese financiamiento no afectaría el precio real de sus productos o servicios. Y, a diferencia de un préstamo corriente, los desembolsos no se hacen contra el avance de los proyectos, sino que se producen con la colocación de los bonos.

Esto significa que mientras se realizan las obras, sobre todo en el caso de Recope que son varias, habrá que estar pagando –por parte de los consumidores– los intereses que demandan los bonos sin que los recursos se utilicen.

En segundo lugar, como no hay pago del principal, sino hasta su vencimiento que generalmente es de mediano plazo (diez años, por ejemplo) el consumidor no tendría un mayor impacto en los precios. Pero al vencer el plazo, la empresa pública tendrá que pagar el principal y los precios de los productos tendrán que aumentarse lo suficiente como para pagar el principal. Ante lo cual la Aresep no tendrá ningún tipo de oposición porque se trata de un gasto justificado.

Y, en tercer lugar, tal es el caso de Recope, la emisión de bonos que incluye un sitio bursátil en El Salvador, implica que el financiamiento podría provenir del exterior. Con lo cual se estaría contraviniendo el artículo 10 de la Ley Nº 6588 (que regula el funcionamiento de Recope), y el artículo 121, inciso 15) de la Constitución Política que establece que corresponde a la Asamblea Legislativa “aprobar o improbar los empréstitos o convenios similares que se relacionen con el crédito público, celebradas por el Poder Ejecutivo. Para efectuar la contratación de empréstitos en el exterior o de aquellos que, aunque convenidos en el país, hayan de ser financiados con capital extranjero, es preciso que el respectivo proyecto sea aprobado por las dos terceras partes del total de los votos de los miembros de la Asamblea Legislativa”.

Cuando una empresa privada proyecta la realización de un proyecto de inversión, toma muy en cuenta los nuevos costos que se generaría porque podría afectar los precios de sus productos y, desde luego, su nivel de competitividad en el mercado.

No obstante, cuando una de nuestra empresas monopolísticas, como el ICE o Recope, deciden realizar sus proyectos, a ninguna autoridad de esas empresas ni del Gobierno les preocupa el eventual aumento en los precios de sus productos porque tratándose de empresas monopolísticas, los consumidores pagamos o pagamos.

Me parece que esto no es un juego limpio con la ciudadanía y me gustaría saber si la Presidencia de la República, la Asamblea Legislativa y la Defensoría de los Habitantes están enteradas de este asunto. Tienen ellos la palabra.