Crecimiento de la banca a la sombra

Es necesario legislar para establecer algunas garantías elementales como por ejemplo el resguardo de la información privada y el acceso a herramientas de control de riesgos como el Centro de Información Crediticia.

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La Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (BCCR) establece que sus normas y las emitidas por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero (Conassif) son aplicables solo a las entidades que realizan intermediación financiera. Esta última se define como la captación en forma habitual de recursos financieros del público para destinarlos a cualquier forma de crédito o inversión de valores.

Este concepto deja por fuera a entidades públicas y privadas que se dedican a otorgar préstamos, ya sea porque no realizan captación habitual del público o su fondeo depende de otros ingresos establecidos por leyes o programas específicos. Por ejemplo, algunos fondos de pensiones otorgan préstamos a sus afiliados, al igual que otras instituciones públicas como el Instituto Nacional de Vivienda y Urbanismo (INVU) y la Comisión Nacional de Préstamos para la Educación (Conape). Dentro de este mismo grupo cae otro conjunto de empresas privadas, formales e informales, que se dedican a ofrecer créditos sin que realicen intermediación financiera.

A las instituciones y empresas que desarrollan actividades financieras fuera del foco de la regulación se les denomina banca en la sombra. Estas actividades son principalmente de naturaleza crediticia, pero pueden ampliarse al otorgamiento de otros servicios financieros. Una parte de la banca a la sombra es legal, como es el caso mencionado del INVU y CONAPE. Algunos prestamistas que se denominan “de maletín” también realizan actividades de conformidad con las leyes. Sin embargo, existe otra parte de la banca a la sombra que opera en la clandestinidad o informalidad y muchas veces están vinculadas a actividades delictivas y al lavado de activos procedentes de esos negocios ilegales, las cuales además utilizan métodos coercitivos para lograr la recuperación de las deudas.

En el caso de las actividades lícitas, la banca a la sombra tiene la dificultad de no contar con todo el andamiaje regulatorio que asegura la solvencia del negocio y el acceso a información regulatoria, como por ejemplo las centrales de deudores. Es decir, el Centro de Información Crediticia (CIC) de la Superintendencia General de Entidades Financieras (SUGEF) en el caso costarricense. Por su parte, en la banca a la sombra informal se encuentra el típico problema de selección adversa, pues atiende primariamente a la población más vulnerable, de bajos ingresos o desempleados, lo que lleva a una precarización de la economía de estas personas.

Aunque no parece posible detener la banca a la sombra, pues el mismo Estado la ha creado en el caso de algunos programas de carácter público, sí parece viable, al menos con las actividades lícitas, intentar legislar para establecer algunas garantías elementales, como por ejemplo el resguardo de la información privada, el acceso a herramientas de control de riesgos como el CIC y medidas para controlar el lavado de activos, al igual que otras medidas que intenten evitar problemas que afecten a los clientes de este sector.

En otros casos vale la pena revisar algunas leyes y regulaciones que, contrario al objetivo de su creación, han promovido que una mayor cantidad de clientes encuentre sus necesidades de financiamiento en la banca a la sombra. Por ejemplo, ya existe evidencia que la ley que fijó topes sobre las tasas de interés provocó la exclusión del uso de tarjetas de crédito de la población de menor nivel de ingreso. De la misma manera, la ley que estableció topes a las comisiones de uso (o adquirencia) de tarjetas de crédito, también imposibilitó el uso de datáfonos en pequeños comercios. Todo ello aumentó la vulnerabilidad de estos grupos a la banca en la sombra.

En esta misma dirección, las políticas actuales regulatorias relacionadas con el lavado de dinero y la legitimización de capitales están más preocupadas por el cumplimiento de requisitos de entrega de papeles innecesarios (como declaraciones juradas de contadores públicos), en lugar de velar por la identificación de las transacciones ilegales. Nada de esto ha detenido el crecimiento de la banca a la sombra y, al contrario, el país ha visto su crecimiento a través de los años. El cumplimiento se convirtió en un fin en sí mismo y ha provocado que los capitales ilegítimos se escondan en un océano de información, en donde la inmensa mayoría corresponde a actividades legítimas. En este sentido, se lograría más mediante el desarrollo de algoritmos de inteligencia artificial y la identificación del comportamiento repetitivo de quienes intentan legitimar capitales, que poner a consumidores y productores a incurrir en altos costos de cumplimiento, lo cual a su vez incentiva la exclusión y el desarrollo de la banca a la sombra.