Editorial: Controlar con cautela

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En el editorial “No nos engañemos”, que publicamos en la edición N° 903 (21-27 de enero del 2013), analizamos que las entradas de capital ocurridas a finales del 2012 y principios estaban explicadas principalmente por los dilemas macroeconómicos relacionados con el impacto del financiamiento del déficit del Gobierno Central sobre las tasas de interés en colones, el funcionamiento del actual sistema cambiario y las condiciones externas.

También indicamos en ese editorial que el Gobierno de la República había anunciado el envío a la Asamblea Legislativa de un proyecto de ley para desincentivar el ingreso de capitales externos, lo cual podría ser más un gesto para mostrar la acción, que una medida eficaz, dadas las dificultades prácticas para identificar y controlar aquellas transacciones que serían objeto del impuesto y del encaje.

El mencionado proyecto de ley ya fue dictaminado por una comisión y se enfila hacia el plenario legislativo para su discusión final. Dada la importancia de los asuntos ahí establecidos –un impuesto y un encaje para detener la entrada de capitales en determinadas circunstancias, que activarían las autoridades del Poder Ejecutivo y del Banco Central con alta discrecionalidad– es importante hacer un alto en el camino para examinar las bondades del proyecto propuesto. Por esta razón, en la edición de esta semana retomamos el análisis del tema.

En un reciente seminario realizado por la Academia de Centroamérica con el patrocinio de EF se concluyó, después de analizar la experiencia internacional, que los controles a las entradas de capitales externos, como los establecidos en el proyecto en comentario, tienen eficacia discutible y temporal. En ciertas circunstancias han funcionado, especialmente cuando han estado acompañados con sólidos balances macroeconómicos y adecuadas medidas macroprudenciales. En otros casos, no han funcionado, particularmente en aquellos en los cuales los controles se han tomado como sustitutos de la disciplina fiscal y de la adecuada supervisión del sistema financiero. Lamentablemente, Costa Rica está entre los países con problemas de índole fiscal no resueltos.

Adicionalmente a lo anterior, hay varios aspectos del proyecto que deberían ser sujetos de mayor análisis y debate. Primero, el proyecto establece controles sobre capitales de largo plazo. Originalmente, se habló de la necesidad de desincentivar a los capitales “golondrina”; es decir, aquellos de corto plazo, que van y vienes según las condiciones de rentabilidad. No obstante, en el texto del proyecto dictaminado los controles recaen sobre capitales de corto y largo plazo. Por ejemplo, las emisiones de bonos de las empresas locales en el exterior, independientemente de su plazo, estarían sujetas al impuesto.

En segundo lugar, de aprobarse el proyecto, la Asamblea Legislativa delegaría el establecimiento del impuesto en el Poder Ejecutivo, quien con amplia discrecionalidad y en asocio con el Banco Central establecería su magnitud y sus condiciones.

En conclusión, el proyecto de ley para desincentivar el ingreso de capitales externos debería ser examinado con cuidado para evitar expectativas muy altas sobre su efectividad y para no tener en el futuro consecuencias no deseadas de su aplicación.