Editorial: Desafíos ante los topes de las tasas

Están por verse los efectos de esta nueva ley, específicamente en lo que respecta al acceso de tarjetas de crédito

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El pasado 20 de junio entró en vigor la Ley 9859, que introduce reformas a la Ley de Promoción de la Competencia y Defensa Efectiva del Consumidor para incluir topes máximos a las tasas de interés de los créditos en el país. Un acreedor que preste a tasas superiores incurriría en el delito de usura, con penas de hasta seis años de prisión.

El 3 de julio el Banco Central publicó las tasas de interés máximas que regirán para el segundo semestre de este año. Aplicando la metodología prevista en la ley, el tope queda en 37,69% anual para créditos en colones y 30,36% anual para créditos en dólares. Para microcréditos, entendidos como créditos de hasta ₡675.300, el tope queda en 53,18% anual en colones y 42,99% anual en dólares. Para préstamos en otras monedas rige un tope del 7,44% anual. Se prohíbe cargar otros costos, multas o comisiones, salvo ciertos cargos de cobranza limitados por la ley.

El debate sobre este proyecto de ley fue intenso. Sin duda la idea de bajar las tasas de interés es atractiva para los ciudadanos, particularmente en la difícil coyuntura económica actual. Los diputados promoventes capitalizaron eso y lograron apoyo mayoritario en la Asamblea Legislativa, a pesar de objeciones formuladas por bancos y otras entidades de crédito, así como por las autoridades reguladoras del sector financiero, que insistieron en que los topes excluirían a los deudores de bajos ingresos del sector financiero formal.

La nueva ley no tendrá impacto en las tasas de interés de la gran mayoría de los créditos del sistema financiero, pues son mucho más bajas que los topes fijados. El impacto será sobre todo en el segmento de tarjetas de crédito, así como en préstamos de consumo de entidades financieras y empresas comerciales que venden a crédito.

Pocos días después de la entrada en vigor de la ley se empezaron a sentir los primeros efectos. BAC Credomatic, grupo líder en tarjetas de crédito, anunció el despido de 373 empleados, el cierre de 11 puntos de servicio y la eliminación de 187.526 tarjetas pertenecientes a 79.789 clientes. Su gerente general fue explícito al atribuir esas decisiones a la nueva legislación.

Otras entidades financieras como Davivienda, Promérica y la Caja de Ande han anunciado también que están valorando medidas que podrían restringir o suprimir créditos a clientes de alto riesgo.

Tales reacciones son motivo de preocupación, aunque tomará tiempo medir con precisión los efectos de la nueva ley en el acceso al crédito y la exclusión financiera. La propia ley obliga a la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) a remitir anualmente a la Asamblea Legislativa un estudio sobre los impactos de sus disposiciones.

Los nuevos topes beneficiarán especialmente a deudores usuarios de tarjetas de crédito y otros créditos de consumo que, por sus ingresos, historial de pago u otros factores sigan siendo atractivos para las entidades financieras. Estas tendrán el reto de redefinir el perfil de los clientes que quieren atender.

“Es claro que cuando podían fijarse tasas de interés más elevadas, las entidades contaban con la posibilidad de cubrir los gastos por estimaciones para créditos incobrables propios de sectores muy riesgosos y la carga operativa proporcionalmente mayor de atender clientes de bajo volumen. Con la nueva ley, esa posibilidad se reduce”, explicó Bernardo Alfaro, Superintendente de la Sugef.

El Financiero analizó las 443 tarjetas que circulaban en el mercado costarricense a abril de este año y la conclusión fue que el 56,8% de las tarjetas de crédito en colones tendrían tasas de usura. Sin embargo, una duda importante es si los nuevos topes deben aplicarse a saldos o compras de tarjetas suscritas con anterioridad.

El Ministerio de Economía, Industria y Comercio (Meic) ha indicado que el tope a las tasas debe aplicarse en créditos o tarjetas cuyos contratos se firmen a partir de la vigencia de la nueva ley, es decir, la ley no es retroactiva. El Meic trabaja en el reglamento ejecutivo que definirá las pautas a seguir, con apoyo del Banco Central y la Sugef, y se espera que la propuesta sea sometida a consulta dentro de 90 días.

Pero el tema de cómo debe entenderse la irretroactividad difícilmente podrá resolverse en un reglamento; es más probable que quede a interpretación del equipo legal de cada entidad financiera y, en última instancia, de los Tribunales. Dependiendo de eso, el impacto de la ley podría ser limitado respecto a deudores ya altamente endeudados con tarjetas de crédito o préstamos de consumo, sobre todo los que ya estaban en cobro judicial.

Los topes a las tasas de interés, como ocurre en general con los controles de precios, no atacan problemas subyacentes en el mercado, como exceso de regulaciones, altas barreras de entrada o falta de competencia.

El sistema financiero costarricense necesita más competencia y abordar ese tema implica reexaminar el rol de los bancos públicos, que representan alrededor del 60% de la cartera de crédito del sistema financiero formal y operan con altos márgenes de intermediación, lo que incide en las altas tasas de interés.

Uno de los temas que está por verse es si estos bancos, que hasta ahora han tenido una participación limitada en el segmento de tarjetas, harán esfuerzos por acoger a deudores desplazados por los topes de usura, o si dichos deudores quedarán a merced de prestamistas informales, como ha sido el temor de las autoridades del sector financiero.