Editorial: Educación para el empleo

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P ara mitigar el problema del desempleo, se han presentado dos proyectos de ley en la Asamblea Legislativa que buscan dar un marco legal e institucional al funcionamiento del llamado sistema de educación dual, que combina la educación en el aula con la formación práctica en las empresas.

Se trata de un programa de capacitación técnica puesto en práctica desde hace varias décadas en países europeos, donde los estudiantes tienen mayor probabilidad de ser contratados por la empresa donde realizan su entrenamiento o por el mercado laboral en general, pues no solo adquieren conocimientos teóricos sobre un oficio sino también experiencia laboral.

Un buen diseño del marco de funcionamiento del sistema de educación dual debe motivar la participación de las empresas, que verían en él un mecanismo ventajoso para contar con el recurso humano requerido, y de los estudiantes-aprendices, quienes verían la ventaja de aumentar la probabilidad de encontrar empleo. En esta edición compartimos los resultados de un análisis de los dos proyectos de ley a la luz de lo que las mejores prácticas señalan como pilares fundamentales de la formación dual.

La comparación con esas mejores prácticas, según un estudio realizado por la Academia de Centroamérica, señala que los proyectos de ley son omisos o imprecisos en algunos de esos pilares. Primero, el marco de funcionamiento propuesto no otorga categóricamente a los sectores empresariales el rol medular que deben tener en la definición de los contenidos de la formación práctica y en el control de calidad. Incluso, en lo relativo al entrenamiento, se deja abierta la posibilidad de la participación de los centros educativos en ese proceso, lo cual es contrario a la esencia de un sistema de educación dual. La ausencia de un enfoque guiado por la demanda afectaría desfavorablemente la participación voluntaria de las empresas y la pertinencia de la capacitación.

El segundo aspecto de gran relevancia es la forma de remuneración al estudiante-aprendiz. Los proyectos de ley buscan mantener un balance entre los beneficios recibidos por el estudiante y el aporte de este a la empresa, como ocurre en las mejores prácticas para hacer atractiva la participación en el sistema. Sin embargo, los proyectos acuden a formalizar la relación entre la empresa y el estudiante con figuras adaptadas a las restricciones legales del país, lo cual es válido siempre y cuando se asegure la solidez y claridad jurídica de dichas figuras. De lo contrario, interpretaciones futuras pondrían en riesgo el funcionamiento adecuado del sistema.

La distribución de los costos entre las partes (centros educativos, estudiantes, empresas e instituciones estatales involucradas) es un tercer elemento fundamental que los proyectos no definen con precisión. Además, los costos dependen de la población objetivo a la cual se pretenda dirigir el sistema, es decir, de la cobertura esperada. Ambos proyectos son omisos en la definición de esta población, lo cual podría plantear problemas en su implementación. El estudio nos recuerda que las empresas ya realizan un aporte obligatorio al INA y, por lo tanto, la distribución de los costos es relevante para lograr la participación del mayor número de empresas y estudiantes.

No hay duda sobre la necesidad de aprobar una legislación para establecer un sistema de educación dual en el país que ayude a paliar el problema del desempleo, especialmente en las personas jóvenes, y a acelerar un mayor crecimiento de la economía. No obstante, conviene diseñar un marco legal e institucional libre de ambigüedades, omisiones y defectos como los señalados en los párrafos anteriores, pues, de lo contrario, se corre el peligro de dejar la ley en letra muerta.