Editorial: Inconveniente uso para el ROP

El proyecto de ley que permitiría trasladar hasta 30% de los recursos de la cuenta individual de pensiones para pagar deudas va en detrimento de la pensión y la estabilidad macroeconómica

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El diputado José Francisco Nicolás y la fracción del Partido Liberación Nacional insisten en promover el proyecto de ley Devolución del 30% del Régimen Obligatorio de Pensión Complementaria (ROP) para Reducir el Endeudamiento de los Costarricenses, que se tramita bajo el expediente 23.082 y que permitiría trasladar hasta 30% de los recursos acumulados en la cuenta individual de pensiones para el pago de deudas con instituciones del sistema financiero, incluyendo cooperativas, asociaciones solidaristas y casas de empeño.

Es obvio que la iniciativa va en detrimento de la pensión del trabajador, pues la parte que le corresponde al ROP se vería reducida entre 12% para los más jóvenes, que tienen 10 años de cotizar, hasta el 30% para las personas cercanas a pensionarse. Esta merma se combinaría con la caída ya anunciada en la pensión de la Caja Costarricense de Seguro Social y que entra a regir en el 2024. Combinados, ambos efectos podrían representar una disminución de cerca del 25% en la pensión total.

Además de las afectaciones para el individuo, este proyecto tiene implicaciones importantes que perturban la estabilidad macroeconómica del país y el déficit fiscal, cuyos efectos negativos rebotan incluso sobre las personas que no poseen deudas o no participan de los fondos de pensiones. El principal detonante sería una fuerte alza de las tasas de interés.

Los recursos que se administran en el ROP no están ociosos, sino que están invertidos, principalmente, en instrumentos de deuda del Estado costarricense (62%). De hecho, las Operadoras de Pensiones Complementarias (OPC) mantienen más del 22% de los bonos en circulación del Ministerio de Hacienda, lo que las convierte en los inversionistas institucionales más importantes del país. Por tanto, el retiro del 30% de los fondos del ROP obligará a las OPC a vender de forma anticipada títulos de Hacienda, pues estas instituciones estructuraron sus carteras asumiendo que los individuos retirarían los recursos hasta el momento de la pensión y de acuerdo con las pautas establecidas en la Ley de Protección al Trabajador. Tales ventas pueden llegar a representar casi 5% del producto interno bruto, liquidaciones que tendrían que ocurrir en un plazo relativamente corto, 30 días de acuerdo con el proyecto de ley. Esta cifra es equivalente al plan de colocaciones de deuda interna del Ministerio de Hacienda para todo el segundo semestre de 2022.

“...de aprobarse el proyecto, se provocará una inundación de bonos de Hacienda, en un mercado de valores muy estrecho como el costarricense, donde las OPC competirían con el Gobierno para vender sus títulos”

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Lo anterior significa que, de aprobarse el proyecto, se provocará una inundación de bonos de Hacienda, en un mercado de valores muy estrecho como el costarricense, donde las OPC competirían con el Gobierno para vender sus títulos. Este exceso de oferta provocaría una caída en su precio o, lo que es lo mismo, un incremento en las tasas de interés.

Por un lado, el incremento en las tasas de interés causará un encarecimiento del financiamiento del Ministerio de Hacienda, lo cual llevaría a un aumento en el déficit fiscal y a retroceder en los esfuerzos de consolidación fiscal en el marco del convenio con el Fondo Monetario Internacional. Por otro, el aumento en tasas de interés tiene un efecto recesivo sobre la economía, en un ambiente internacional ya de por sí complicado.

Otro efecto colateral de la aprobación de este proyecto de ley es que la pérdida del valor de los bonos del Ministerio de Hacienda provocará minusvalías sobre las carteras de fondos de inversión y de pensiones. En otras palabras, el otro 70% que permanecería en las cuentas individuales perderían por la caída en el valor de los títulos públicos en los que están invertidos los fondos de pensiones. Este efecto y el anterior pueden llegar a sobrepasar cualquier eventual beneficio de una pequeña reducción en el saldo de un préstamo.

En síntesis, tal parece que el único beneficio del proyecto de ley es mejorar los indicadores de morosidad de las instituciones del sector financiero, pues los problemas del excesivo endeudamiento no se solucionan hipotecando el futuro previsional de los trabajadores. Los altos niveles de endeudamiento deben atacarse encontrando sus causas, como lo son un mercado laboral fragmentado y con un alto desempleo, y la poca educación financiera para promover el ahorro de las familias. Este proyecto logra todo lo contrario, pues destruye el ahorro de las familias en lugar de incentivarlo, y desmejora la perspectiva de crecimiento económico y del empleo, ya que el ahorro de un país está vinculado con la inversión y esta con el crecimiento económico.