El cascabel al gasto

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Seguir agravando el déficit fiscal por aumentos desmesurados de los gastos públicos, tanto por causas estructurales como por compromisos coyunturales del Gobierno, no es responsable. A la larga tendría efectos nocivos para el crecimiento económico, la inflación, las tasas de interés y, por tanto, en la situación social.

Por ello, la Asamblea Legislativa debe exigir e imponer recortes al proyecto de presupuesto del 2015, sean los propuestos por el PUSC o por Ottón Solís, aunque ambos se siguen quedando cortos.

Sin embargo, es claro que el problema fiscal transciende el presupuesto para el 2015. Por tanto, atacar los problemas estructurales más visibles es esencial.

¿Cómo hacer esto? Con reformas constitucionales y legales que pongan límite al crecimiento del gasto público e impulsen una mejora fiscal:

1) Es necesaria una reforma constitucional que limite el endeudamiento público y el déficit fiscal, como sucede en Alemania y España.

En la Unión Europea, por ejemplo, se exige un límite del 3% del PIB y solo excepcionalmente se autorizan gastos superiores, pero exigiendo, al mismo tiempo, medidas estrictas para regresar al límite y buscar el equilibrio fiscal.

Para ello, como propuse junto con Manrique Jiménez en el Informe de Notables, debe modificarse el artículo 176 de la Constitución para establecer un límite constitucional al endeudamiento público y un límite porcentual máximo al déficit fiscal.

A la vez, que por mayoría legislativa absoluta pueda autorizarse sobrepasar el límite, pero en ese caso la autorización debería incluir: a) Cláusulas obligatorias limitando gastos no esenciales; b) Cláusulas con obligaciones porcentuales de subejecución presupuestaria; c) Cláusulas limitando la aplicación de exoneraciones o subsidios no exigidos por ley; d) Cláusulas con reglas de contención del crecimiento del empleo público, las transferencias públicas y los beneficios reconocidos; e) Cláusulas que determinen las acciones para enfrentar el impacto de los disparadores del gasto, incluyendo las pensiones con cargo al presupuesto nacional; f) Cláusulas que resguarden las inversiones en infraestructura y en ciencia y tecnología.

Otros límites

2) Otras medidas deberán: a) exigir que antes de aprobar cualquier proyecto de ley, la Contraloría dictamine y proyecte el impacto presupuestario que tendría en caso de aprobarse; b) permitir que el presupuesto de la República fije límites máximos al crecimiento presupuestario, al empleo público y a los beneficios de las instituciones autónomas; y c) destacar que los compromisos jurídicos de asignación presupuestaria, incluyendo transferencias, pueden ajustarse proporcionalmente al crecimiento de la economía. Para ello, se agregaría un inciso al artículo 183 y una frase al artículo 176 de la Constitución.

3) Legislar para que, respetando derechos adquiridos, se limite el crecimiento de las pensiones con cargo al presupuesto nacional (deberían ajustarse únicamente por inflación) y ajustar gradualmente la edad para alcanzar la establecida en el régimen de IVM de la CCSS.

4) Poner límite porcentual general a las anualidades y otros beneficios salariales, de manera que se respeten los derechos adquiridos, pero que los aumentos no sean desmesurados. Limitar drásticamente las recalificaciones de personal.

5) Estudiar las propuestas que plantee el Gobierno para aumentar la recaudación y para eliminar o reducir exoneraciones, la evasión y la elusión de impuestos. Esto, siempre que no afecten la competitividad del país, respeten el principio de reserva de ley y vengan acompañadas de medidas y disposiciones efectivas para contener el crecimiento del gasto en el Gobierno Central y en las instituciones descentralizadas.

No hay pomada canaria, pero los costarricenses tenemos derecho a esperar que se presenten propuestas concretas, que pueden ser complementarias o alternativas a las aquí propuestas. Vengan de donde vengan, deberían estudiarse, siempre que le pongan el cascabel al gasto.