El plazo para los créditos de vivienda y los encajes de Cascante

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Con gran preocupación el señor Javier Cascante, superintendente general de entidades financieras, demanda de los bancos que ofrecen crédito con plazos amplios, que hagan las reservas dinerarias, más allá de las que regularmente hacen en su gestión interna. Esta reserva es garantía de liquidez, según la matriz de evaluación de razones financieras, ante posible insolvencia del deudor.

Esa imposición tiene como efecto, restringir la disponibilidad de liquidez para el banco, que ve restringida su función clásica: captar dinero de los agentes supe

ravitarios y prestarlo a los agentes deficitarios. El efecto de esa medida es un aumento en el precio del dinero; aumenta la tasa de interés; es una realidad.

Vemos como una situación incierta, posible, se contrasta con una realidad. Me parece el cuento del que iba a pedir prestada una guitarra. Se echó tanto carbón, que terminó renunciando a la buena disposición del dueño de la guitarra a prestársela. Debería el sistema financiero procurar que la buena disposición y las posibilidades del deudor estén incólume hasta el final del crédito.

La opción de crédito para vivienda con plazo amplio, es un acto solidario, es una forma para que la población acceda a ella.

La distribución de la riqueza no es, solamente, brindar opciones para que el individuo tenga poder de compra, también es, ofrecer condiciones para que pueda realizarse con dignidad dentro de la sociedad y tenga calidad de vida. Los bancos deben reenfocar su función, el rating no debe ser solamente las utilidades a final de periodo, debe incluir su real participación en resolver y brindar calidad de vida a la población, eso son beneficios, no utilidades.

Las garantías para créditos de vivienda, son reales, verificables determinables. Además, existe garantía colateral, como es la póliza por saldos insolutos.

Quedarse en los reglamentos sin revisión es tremendamente nocivo, es necesario contrastar la dinámica social con la realidad. La realidad es que la garantía ofrecida se actualiza hacia el alza. Siendo que el precio del dinero prestado esta en función del riesgo y la garantía, la actualización de garantía debería tener incidencia en el precio del préstamo.

En este presupuesto, debe revisarse la distribución interna de la cuota: el monto de amortización y la parte que aplica a intereses. Siendo que existe una garantía mejorada, debería existir una tasa de interés menor.

En tal supuesto, si se mantiene la misma cuota, el plazo del pago disminuye. No habría necesidad de encajar las disponibilidades de los bancos y el Superintendente feliz.

En este punto, cabe decir que hace falta fijar el modelo de indexación de las variables: precio, factor de garantía y el monto revaluado de la garantía. El punto, es mantener y mejorar las condiciones para que haya acceso a crédito para vivienda y actitud solidaria y dejar abierta la posibilidad para que los deudores puedan honrar sus compromisos.

El autor es administrador de negocios y contador certificado.