El pasado 22 de diciembre, fuimos notificados de un nuevo acuerdo de la Junta Directiva del Banco Central en donde se modifica el artículo 4 del Reglamento para las Operaciones Cambiarias de Contado.
Resumen del Acuerdo
Específicamente se modifica la posición propia autorizada en divisas (PPAD) para los intermediarios cambiarios, para que en adelante:
- Mantener al final de cada día hábil una PPAD que se ubique entre 0 y el 100% del patrimonio total de la entidad, expresado en dólares. Anteriormente, esta posición podría variar libremente entre el menos 100% y el 100%.
Además, se agrega un transitorio 5 a dicho Reglamento, en donde para realizar estos ajustes se debe proceder de la siguiente forma:
- Cada intermediario cambiario debe enviar al Banco Central, a más tardar el 31 de marzo del 2017, su estrategia particular para alcanzar a lo sumo el 31 de diciembre del 2018, la igualdad indicada en el punto b anterior. La programación debe ser mensual indicando el nivel de proporción de su patrimonio en dólares y autorizada por la Gerencia del Banco Central
Justificación del Acuerdo
De los considerandos del acuerdo, es posible concluir que al Banco Central le preocupa el poder de modificación en el tipo de cambio que tienen los intermediarios cambiarios en el agregado y perder control sobre la supuesta flotación administrada.
Efectivamente, el Reglamento permite una modificación máxima diaria de la PPAD de un más menos 4% del patrimonio. Esto a nivel agregado, según el Central, supera en casi 15 veces el valor medio diario de negociación en el MONEX.
Sin embargo, es poco viable que todos los intermediarios al mismo tiempo tomen una decisión unánime de volcar su PPAD en dicho máximo.
Según el gráfico # 1, realmente el poder significativo lo tienen 6 intermediarios.
Este riesgo siempre ha existido, incluso en lo personal, en varios foros le sugería al Banco Central regresar, al límite máximo anterior que era de un 1%, con lo cual, se minimiza el poder individual de estas 6 entidades.
Sin embargo, y para sorpresa del medio, el Central agrega adicionalmente que si bien la PPAD ha ejercido una función estabilizadora en el mercado cambiario, esta situación le genera ciertas sospechas desde finales del 2015.
Y es aquí, donde viene la mayor justificación de la medida tomada por el Central. Literalmente dicen que tiene evidencia que, en algunas fechas puntuales del 2016, hubo presiones en el MONEX explicadas por cambios en la PPAD de algunos intermediarios ( no dice cuáles ) que los lleva a concluir que con el Reglamento actual, éstos hayan estado utilizando la variación diaria en su posición propia para inducir a una devaluación del colón, que les permita aumentar sus ganancias cambiarias y de esa forma, sin haber aportado patrimonio adicional, mejorar su posición patrimonial o lo que técnicamente se conoce como la suficiencia patrimonial ( grado máximo de apalancamiento o endeudamiento permitido )
Este es el meollo del asunto, que lleva al Central a inmunizar este indicador ante modificaciones en el tipo de cambio, por medio de igualar el porcentaje del patrimonio en dólares a la relación del activo en $ al activo total.
En otras palabras, como una forma de seguir teniendo un mayor control sobre la fijación del tipo de cambio quieren excluir del mismo, la demanda u oferta de divisas que surgen de las decisiones individuales de cada intermediario respecto a sus políticas de cobertura cambiaria de sus patrimonios.
Implicaciones del Acuerdo
Evidentemente, una medida como esta, implica movimientos significativos de compra-venta de dólares que tendrán que hacerse en los próximos 24 meses para alcanzar la relación de igualdad requerida por el Central y una fuerte injerencia de éste ente en las decisiones de gestión de riesgo microeconómicas de las entidades financieras.
El gráfico # 2 muestra la relación existente entre activos en dólares respecto al activo total y del patrimonio en dólares al patrimonio total al 30 de noviembre del 2016, según elaboración propia con base en datos de SUGEF.
Sin embargo, debe hacerse la observación que estas posiciones no están siendo ajustadas por la posición neta de divisas que tengan algunos de estos intermediarios por operaciones con derivados cambiarios. Es más, el acuerdo indicado no hace ninguna observación sobre el tratamiento de este tema, cosa que obviamente debe aclararse pues no es correcto medir la PPAD sin tomar en cuenta la cobertura de derivados.
Se observa que los movimientos relativos son variados y significativos en algunos casos, por ejemplo, cambios en las posiciones patrimoniales en dólares desde un 61% en Cathay, hasta una variación negativa o vuelco de posición en el caso de BAC de un -33%.
Para entender mejor las implicaciones de este acuerdo y tomando como supuesto las cifras patrimoniales y relaciones al 30 de noviembre de este año según la SUGEF, se estaría obligando a un movimiento neto de divisas en los próximos 24 meses de más de $ 700 millones, los cuales deberán hacerse con el Banco Central, es decir, una pérdida neta aceptada de reservas de esa magnitud.
El gráfico # 3 nos presenta el detalle por entidad, siendo que para el Banco Nacional se va a requerir salir a comprar en dicho período más de $ 400 millones y por el contrario, en el caso de BAC a vender cerca de $ 200 millones.
Las principales implicaciones de este acuerdo, serían:
- Como los bancos no tienen excesos de liquidez en sus tesorerías, se supone que los que tienen que salir a comprar dólares en los próximos 24 meses, deben obtener los colones necesarios por medio de una captación incremental, sea vía cuenta corriente o certificados de depósito, por un total de casi $ 1 mil millones, con lo cual se esperaría una subida de tasas de interés en dicha medida. De igual forma, los que tienen que salir a vender dólares, necesitan captarlos en el mercado por una suma aproximada a los $ 250 millones, con lo cual, habrán presiones también a mayores tasas de interés en dicha moneda.
Lo anterior es contradictorio a los objetivos del Central de mantener relativa estabilidad interna de las tasas de interés, salvo que estén pensando suministrar esa liquidez incremental en colones y dólares.
- Con esa liquidez incremental, en teoría los bancos deberían aumentar sus colocaciones en dólares (los que deben comprar dólares) o bien en colones (los que deben vender dólares), pero como esto depende de la demanda del mercado, es más lógico suponer que lo que harían es repagar pasivos en dichas monedas. Como las tasas de captación de estas sumas incrementales son mayores que el costo de fondos actual (bajo el supuesto de los niveles de devaluación actual), habrá un incremental de gastos financiero en los resultados de los bancos, lo que reduce sus utilidades, su suficiencia patrimonial y el crecimiento del crédito, especialmente para los primeros.
Con esta medida, el Central interfiere directamente en la gestión de riesgos y obliga a las entidades de socios externos, a exponer parte de su patrimonio a volatilidades cambiarias por mantener parte del mismo en colones. En el caso de las entidades con socios locales, las expone a variaciones en sus resultados por modificaciones en el tipo de cambio.
- Al requerirse una compra neta cercana a los $ 700 millones en 24 meses, el Central deberá suministrarlos por medio de una pérdida de reservas propias, si quiere evitar presiones a la devaluación. Por cierto, en el Programa Macroeconómico no está estimada esta pérdida de reservas en el 2017-2018.
De igual forma, por medio de otras subsidiarias, sea dentro del Grupo Financiero o fuera de él, se puede realizar coberturas patrimoniales en dólares, con lo cual el efecto de mitigar la demanda en dólares proveniente de este propósito sería nulo o al menos mitigado.
- Es arriesgado concluir que porque una entidad aumente periódicamente su posición larga en dólares, este manipulando el tipo de cambio para ganan suficiencia patrimonial sin aportar capital adicional. Al menos durante mi gestión bancaria, nunca pasó por la mente este tema, pues el objetivo principal y único era la protección del patrimonio de los socios en moneda extranjera, no la suficiencia patrimonial. Si así fuese, ¿cómo se explica que durante los frecuentes meses de apreciación cambiaria, estas entidades continuaran aumentado su patrimonio en dólares, en ese caso, pareciera que no le importaba al Central la pérdida de suficiencia patrimonial de dichas entidades?
Como observador independiente y sin interés en ninguna entidad bancaria que ahora tengo, esto quizás preocupa más que la medida en sí y debe necesariamente obligar a una conversación franca, transparente y sincera entre el Banco Central y la Asociación Bancaria, pues no hay nada peor para una país, que exista esta falta de confianza y seguridad en las partes fundamentales del Sistema Financiero.
Tengo que confesar que en mis más de 25 años de experiencia en banca comercial, no había visto ni en los libros de texto ni en la práctica bancaria local o internacional, una medida de este tipo. Puede ser que como dice el refrán, nunca se termina de aprender.
Sin embargo, repasando los instrumentos de control monetario y cambiario en poder del Banco Central, existe la famosa y poco usada en Costa Rica, persuasión moral, pues si el Central tiene evidencia de estos comportamientos atípicos para manipular el tipo de cambio y además, sabe quiénes son esos intermediarios, lo más simple y de menores implicaciones sin costo para la colectividad, hubiese sido llamar a cuentas a esos pocos intermediarios y hacerles ver que deben rectificar ese comportamiento o al menos, darle explicaciones o justificaciones al ente rector del porqué lo están haciendo.
Mi conclusión es que no debería un Banco Central estar metido en temas de gestión de entidades bancarias comerciales, tarea más de incumbencia de la SUGEF, a la cual, no se es claro en la disposición que se le haya consultado, pero peor aún, cuando se establecen reglas o camisas de fuerza a la gestión de riesgo de los intermediarios, pues como decía la sabiduría de don Eduardo Lizano, “el Sistema Financiero es como la plasticina, entre más se le pretende apretar, más se les escapa entre los dedos”.