Lleve en orden su contabilidad y evite sanciones de Tributación

El año pasado, la Dirección General de Tributación cerró más de 100 negocios por incumplir con sus deberes tributarios.

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Los incumplimientos tributarios pueden costarle muy caro a su empresa. No solo por las sanciones económicas que impone la Dirección General de Tributación (DGT), que van desde multas hasta el cierre de un negocio que reincide en una conducta impropia, sino que la imagen de su empresa puede verse muy afectada.

Carla Coghi, gerente senior de impuestos de Deloitte, recomendó a las empresas no escatimar esfuerzos para tener la contabilidad al día, ordenada, con toda la documentación soporte, que incluye facturas, contratos o, bien, declaraciones aduaneras, en caso de que la empresa realice algún tipo de importación.

Según Coghi, si la empresa mantiene este orden, podrá enfrentar cualquier tipo de procedimiento de fiscalización satisfactoriamente. Además, subrayó que es importante cumplir con la presentación de declaraciones y el pago de todos los impuestos a tiempo.

“Si son contribuyentes del impuesto general sobre las ventas, es muy importante presentar la declaración mensualmente y realizar el pago, si es que les corresponde realizar un pago. La declaración de renta, los pagos parciales o anticipos de rentas, hay que realizarlos a tiempo para evitar eventuales sanciones", explicó la experta. “También hay que presentar declaraciones informativas y pagar el timbre de educación y cultura (cuando corresponda), que es un pago menor, pero con el cual hay que cumplir”.

La semana anterior varios negocios recibieron la visita de funcionarios tributarios que solicitaron los documentos de importación o de compra de la mercadería. En algunos casos, en forma inmediata, su no presentación implicó -aparte de la afectación en su imagen por exposición pública en medios de comunicación- el retiro de los productos de los que no había respaldo.

Evite que cierren su negocio

Hay varias conductas del contribuyente que son sancionadas con el cierre de su comercio.

Es sabido que las empresas que venden bienes o servicios deben emitir facturas autorizadas por la DGT, que respalden sus ingresos o sus ventas, excepto si el comercio está inscrito en el Régimen de Tributación Simplificada en el que no existe la obligación de entregar facturas.

Muchos comercios inscritos en el régimen tributario común se arriesgan y solo dan factura cuando el cliente se las pide.

Pero, esta práctica es ilegal y, precisamente, por eso el Ministerio de Hacienda lidera una campaña que incentiva a los consumidores a denunciar a los comercios que no otorguen comprobante de pago. Además, la Administración Tributaria puede realizar visitas preventivas a los comercios para verificar si cumplen con sus obligaciones.

Luego de que la DGT le advierte a un negocio que debe cumplir con la entrega de facturas, le da un plazo para ponerse al día. Pero, si el negocio ignora esa advertencia y reincide, la Administración puede cerrarlo. Así lo establece el artículo 86 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios.

A Tributación no le ha temblado la mano para hacer cumplir esta norma. En el 2013 cerró 166 negocios por incumplimientos tributarios: 74 por no presentar declaraciones, 62 por morosidad y 30 por no otorgar facturas.

Entre tanto, en la semana del 16 al 20 de abril del 2012, se clausuraron 81 locales. En este caso, el 42% se debió a morosidad, un 28% se debió a falta de entrega de facturas y un 30% se debió a omisiones en alguna obligación, de acuerdo con el sitio web del Ministerio de Hacienda.

Otro motivo para cerrar un local es, si luego de ser advertido por la administración, el contribuyente no emite las declaraciones que le corresponden o, si luego de haber recaudado el impuesto de ventas, no se lo entrega al fisco.

En cualquiera de los casos anteriores, el cierre es de cinco días.

Coghi alerta a los empresarios que ahora el consumidor "sabe y tiene información" a través de las redes sociales e Internet. "Cuando pasamos por un negocio y vemos la cinta amarilla y el negocio cerrado por el Ministerio de Hacienda por incumplimiento tributario, lo primero que uno dice es: 'Esta empresa no está pagando impuestos'", advirtió. "En lo personal, considero que esa es la publicidad más negativa que podría tener un negocio, es algo que se le revierte, pues de alguna forma su cliente lo que va a pensar es: 'Yo pago impuestos y esta empresa que vende a, b y c no está pagando sus impuestos, no está cumpliendo con sus obligaciones mínimas'”.

Recordó como el año pasado se cerró un hotel –donde estaban alojadas muchas personas- por cinco días.

“Imagínese el impacto, para que esos huéspedes vuelvan a ese hotel sería porque la comida fue muy buena o el servicio fue muy bueno. Pero, el impacto que causó que cerraran el hotel es muy alto y, además, son menos ingresos que dejan de percibir esos días, pues el negocio está cerrado y no pueden realizar ventas, entonces les perjudica su flujo de caja porque si tenían proyectado vender en el mes ¢20 millones, una semana no estarían operando”, expresó.

Otras sanciones

Si no se cumple con otras obligaciones tributarias, los comercios se ven expuestos al pago de intereses y, si caen en mora, deben pagar el 1% del impuesto dejado de pagar, explicó Coghi.

Además, existen multas por presentar las declaraciones de forma tardía y si un negocio no le suministra información a la DGT sobre sí misma o de un tercero, también se puede ver sujeto a sanciones, que van desde 10 hasta 100 salarios base o el 2% de sus ingresos brutos.

“El salario base anda por ¢395.000, redondeado. Entonces, 10 salarios base significarían una sanción de casi ¢4 millones, que para una empresa pequeña es una sanción que tiene peso”, advirtió Coghi.

También hay que tener mucho cuidado al realizar el cálculo de los impuestos por pagar y evitar errores.

Anteriormente, en un proceso de fiscalización en el que la DGT le indicara a un contribuyente que el impuesto por pagar era mayor, el contribuyente podía interponer un reclamo si no estaba de acuerdo, sin la necesidad de pagar inmediatamente. Pero, la situación cambió.

Coghi indicó que ahora el contribuyente para comenzar a pelear tiene que pagar o dar una garantía al fisco, pero que los ajustes son tan altos que el contribuyente no tiene el dinero para poder hacer el pago, mientras que brindar una garantía depende de los bancos.

“Hemos estado analizando casos donde los contribuyentes han tenido que solicitar fraccionamientos, que popularmente llamamos facilidades de pago, que tampoco son tan fáciles porque para que la administración se lo otorgue el contribuyente tiene que pagar primero los intereses y tributación acepta unos por el principal. Pero, a veces los intereses son tan altos como el principal”, explicó Coghi.

Así que, si en su negocio reina el desorden financiero y contable, empiece a realizar cambios y líbrese de sanciones.