El facturador gratuito de Hacienda incluirá los ajustes para el IVA y otros cambios más

Contribuyentes que utilicen esta herramienta no deben realizar pruebas, pero sí tienen que verificar que sus datos están actualizados

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

El Ministerio de Hacienda confirmó que su servicio de facturación, que brinda en forma gratuita a los contribuyentes, incluirá los ajustes para la aplicación del Impuesto al Valor Agregado (IVA) a partir de julio próximo.

Desde esa fecha los sistemas y servicios de proveedores públicos o privados para emitir los comprobantes electrónicos deberán cumplir con la versión 4.3 publicada por la Dirección General de Tributación.

Hacienda recalcó que la entrada en vigencia de esta versión no se prorrogará.

“El facturador gratuito estará en producción y disponible para todos los contribuyentes a partir del 1.° de julio”, indicó Alicia Avendaño, directora de Tecnologías de Información y Comunicación del Ministerio de Hacienda.

Los contribuyentes que utilicen esta herramienta gratuita no deben realizar procesos de pruebas, pues estas últimas son realizadas internamente en el Ministerio.

Tampoco deberán realizar actualizaciones, ni cambiar configuración ni descargar nuevas aplicaciones.

Mejoras

El Ministerio de Hacienda anunció que la nueva versión incorporará mejoras a nivel de usabilidad.

Entre los cambios se incluye la posibilidad de almacenar la llave criptográfica.

Avendaño aseguró que la versión 4.3 es más sencilla de utilizar y que están implementando las sugerencias recibidas de los contribuyentes.

Lo que sí tienen que hacer previamente los contribuyentes es verificar que la actividad económica esté actualizada.

Cualquier ajuste o actualización se debe realizar en el Registro Único Tributario (RUT) en el sistema en línea de la Administración Tributaria Virtual (ATV). (Ver recuadro)

El RUT se encuentra integrado con el facturador gratuito.

En el sistema de la ATV se incluirán los nuevos formularios que se implementan con la nueva ley para las declaraciones mensuales.

Privados

Los contribuyentes que utilicen servicios o sistemas de facturación propios o de proveedores privados sí pueden realizar pruebas.

En primer lugar, las empresas con facturadores propios o los proveedores de servicios de facturación deben actualizar esos servicios o sistemas.

Para esto, las estructuras de la versión 4.3 también se encuentran disponibles en el ATV. (Ver recuadro)

Posteriormente se debe comprobar con tiempo los ajustes antes de julio en los servidores que puso a disposición Hacienda.

Las pruebas de los sistemas privados con la versión 4.3 se deben hacer a través de la dirección indicada por Hacienda y la Empresa de Servicios Públicos de Heredia (ESPH). (Ver recuadro)

En el ambiente de pruebas hay establecido un límite de 1.000 comprobantes electrónicos al día.

Esta restricción fue establecida por la ESPH, que es el proveedor del sistema de validación de comprobantes electrónicos.

La versión 4.3 incorpora nuevos espacios para incluir datos como la dirección de un cliente extranjero, partida arancelaria, factor del impuesto (para aquellos productos que posean un factor para el cálculo del impuesto), código de un producto o servicio y monto de impuesto de exportación.

Se realizó una ampliación de la cantidad de caracteres en algunas casillas ya existentes, tales como nombre o razón social del emisor del comprobante electrónico, nombre de la institución (para el caso de las exoneraciones) y descuentos.

La versión 4.3 también incorpora otros requisitos establecidos en la Ley de Fortalecimiento de las Finanzas Públicas vinculados al IVA y contempla dos nuevos tipos de comprobantes, como el de exportación y la factura de compra.

El de exportación se utilizao para la exportación de mercancías y de servicios, mientras que la factura de compra es para el uso por parte de aquellos contribuyentes que realizan compras de bienes o servicios a contribuyentes excluidos del uso de comprobantes electrónicos y a los incluidos en el Régimen de Tributación Simplificada.

Dónde se hace
Direcciónes electrónicas indicadas para ajustes y pruebas:
Actualizar datos: En https://www.hacienda.go.cr/ATV/Login.aspx
Estructuras versión 4.3: Disponibles en https://atv.hacienda.go.cr/ATV/ComprobanteElectronico/frmAnexosyEstructuras.aspx#
Pruebas de sistemas privados: En http://web-stag-internal.prod.comprobanteselectronicos.go.cr/
Fuente: Ministerio de Hacienda