Gobierno rechaza renovación de concesión a Japi y la empresa apela

Firma alega persecución en su contra desde hace años

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

La empresa IBW Comunicaciones S. A., operador que comercializa sus servicios de Internet con la marca Japi, apeló la decisión del Poder Ejecutivo de rechazarle la renovación de la concesión que tenía para servicios de Internet a través de la tecnología inalámbrica WiMax.

La resolución firmada por el Presidente de la República, Carlos Alvarado, y el ministro de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones, Luis Adrián Salazar, fue emitida el pasado 7 de junio y notificada a la empresa el miércoles 19 de junio.

Edwin Estrada, viceministro de Telecomunicaciones, respondió que su despacho se encuentra analizando el recurso de IBW y que no podía referirse a su contenido.

“La resolución del rechazo a la renovación ya se envió a la Sutel para que la inscriba y la dé a conocer”, dijo Estrada. “Ya se le hizo saber que hay un recurso y que la resolución podría ser ratificada o cambiada”.

A la compañía también se le comunicó que podía recurrir la resolución en un plazo máximo de tres días hábiles, el cual se vencía este lunes 24 de junio. La firma presentó la apelación.

“La fecha límite para el plazo coincide precisamente con la fecha en que vencía la concesión otorgada. Si se hubiera resuelto con más anticipación, como lo solicitamos, se habría realizado un cierre ordenado de la operación”, dijo Juan Manuel Campos, abogado de IBW.

Por su parte, Estrada sostuvo que el plazo final de la concesión está contenido en el título habilitante. “Eso ya lo sabía el concesionario”, afirmó el funcionario. “Es obligación del concesionario tomar las acciones pertinentes. No puede presumir otra cosa”.

En un comunicado oficial la firma lamentó que el Ejecutivo haya cambiado de parecer, adoptando alegatos que se ventilan en los tribunales de justicia y que ha adoptado las medidas necesarias para minimizar el impacto a los clientes.

La compañía llegó a tener hasta 11.000 suscriptores, pero por los problemas que empezó a tener el crecimiento se detuvo.

Campos indicó que los daños y perjuicios ocasionados por la decisión del Ejecutivo se determinarán en sede judicial.

Hechos

En la resolución del Poder Ejecutivo se señala que el rechazo a la renovación de la concesión se da “por razones de interés público y conveniencia nacional, derivados de los lineamientos, objetivos y metas de política vigentes” en el Plan Nacional de Desarrollo de las Telecomunicacion.

El caso se remonta al año 2007 cuando la empresa IBW (entonces llamada 23.404 S. A.) solicitó el otorgamiento de varios grupos de frecuencias para enlaces de servicio troncalizado para transmisión de audio y video en forma analógica y digital.

Al año siguiente el Ejecutivo otorgó a esta firma la concesión de derechos para utilizarlos en esos servicios y en el 2009 se adecuaron los títulos habilitantes a IBW.

El calvario para IBW inició cuando la Sutel advirtió que la adecuación contravenía el uso que se establecía en el mismo contrato original, exigía a que la empresa dejara de brindar el servicio de Internet y pagar una multa de ¢19 millones.

Las frecuencias inicialmente fueron otorgadas a la empresa Televisora Canal Diecinueve S.A. y a la empresa Librería y Regalos García y García S. A. para servicios de televisión y para transmisión de audio y video en ultra alta frecuencia en 1996, 1997 y 2002.

IBW había negociado las frecuencias, reconoció el apoderado generalísimo David Filloy en la apelación presentada este 24 de junio a la decisión del Ejecutivo.

En 2013 el Tribunal Contencioso Administrativo aceptó la solicitud de medida cautelar presentada por Japi para suspender la resolución de la Sutel.

La Sutel reiteró un año después que la adecuación de las concesiones a IBW contravenía el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias, vigente entonces, el cual establecía que las frecuencias eran para televisión y no para redes troncalizadas.

“Las concesiones otorgadas (...) corresponden a cesiones de frecuencias que modificaron, aparentemente en forma irregular, los términos originales de los acuerdos ejecutivos”, indicó la Superintendencia en aquel momento.

A la fecha todavía estaba pendiente la realización del juicio oral y público por la demanda de IBW Comunicaciones para que se declare nula la resolución de la Sutel. La misma Superintendencia tenía previsto que esta audiencia se realizará el próximo 2 de julio.

Renovación

Dado que la resolución final del conflicto todavía estaba en pendiente y la firma seguía brindando servicios, IBW solicitó la prórroga por 10 años de las concesiones.

El trámite se presentó en noviembre del 2017, hace 19 meses. Pero fue hasta setiembre del 2018 cuando el Ejecutivo solicita el criterio a la Sutel, cuya respuesta es recibida por el Ministerio de Ciencia, Tecnología y Telecomunicaciones (Micitt) en enero del 2019.

La Sutel indicó, entre otras cosas, que una vez extinguida la concesión se debía proceder mediante concurso público para otorgar las frecuencias, que a nivel internacional y en el Plan Nacional de Atribución de Frecuencias están destinadas para servicios móviles de última generación.

“La prórroga del plazo de vigencia de las concesiones de espectro radioeléctrico (...) constituye una posibilidad, una eventualidad o expectativa y no un derecho subjetivo a la prórroga automática por parte del concesionario”, señaló la Sutel.

Hasta mayo pasado dos departamentos del Micitt también se refirieron al caso y recomendaron aprobar la recomendación de la Sutel de rechazar la solicitud de prórroga presentada por IBW.

Apelación

Ante la decisión, la firma IBW presentó un recurso de reposición contra la resolución del Micitt, también firmada por el Mandatario.

Filloy recuerda que la adecuación de los títulos habilitantes solicitada en el 2009 fue aprobada por el Poder Ejecutivo.

El ejecutivo indicó que, “en el ataque inexplicable del que fuimos objeto” la Superintendencia confundió sus competencias, “llegando inclusive a presentar recursos de revocatoria contra las decisiones del Poder Ejecutivo”.

IBW indica que, de acuerdo a la ley, es al Ejecutivo al que le corresponde modificar el Plan de Frecuencias y asignar, reasignar o recuperar frecuencias y la responsabilidad de Sutel es la comprobación técnica.

También acusa que hay otras adecuaciones de títulos a nombre de otros operadores en el mercado antes las cuales no se ha actuado de la misma forma que contra IBW.

“En la actualidad hay operadores ilegales que están explotando frecuencias de radiocomunicación sin contar con título habilitante”, reitera Filloy.

En el comunicado de prensa la compañía señaló que “ha sido víctima de una abierta persecución que tuvo como corolario la no renovación de su concesión”.

Campos, abogado de IBW, subrayó que si en los cambios de uso de las frecuencias, antes de que IBW empezara a operarlas, se hubiera cometido alguna irregularidad se debería investigar.

“A IBW se le invitó a invertir en el país y el Poder Ejecutivo le dio una concesión”, reiteró Campos.