Profesionales liberales deben realizar trámites tributarios por Internet a partir del 1° de noviembre

Hacienda comunicó que esta misma obligación deberán cumplirla desde el 1° de febrero de 2019, el resto de las personas físicas, y a partir del 1° de abril de 2019 todas las personas jurídicas

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El Ministerio de Hacienda comunicó que a partir de este 1° de noviembre, los profesionales que realicen actividades por cuenta propia deberán efectuar todos los trámites del Registro Único Tributario (RUT) por Internet.

Eso incluye la inscripción, modificación de datos y desinscripción mediante el portal de Administración Tributaria Virtual (ATV), disponible en www.hacienda.go.cr, apartado “Servicios más utilizados”.

El Ministerio indicó que esta obligatoriedad se establece en la resolución DGT-R-043-2018, publicada en La Gaceta N° 184, del 5 de octubre de 2018.

Esta misma obligación deberán cumplirla desde el 1.° de febrero de 2019, el resto de las personas físicas, y a partir del 1.° de abril de 2019 todas las personas jurídicas.

Dicha disposición exceptúa a quienes utilicen el portal de servicios electrónicos de Tributación Digital.

Los trámites sólo podrán realizarse en las ventanillas de las administraciones tributarias cuando el interesado tenga que atender algunos requisitos específicos o cuando presente condiciones especiales

Carlos Vargas, director general de Tributación explicó que el objetivo de esta medida es facilitar al contribuyente los procesos que debe cumplir en el RUT, sin que para ello deba trasladarse hasta las administraciones.

Vargas destacó que la persona podrá mantener al día la información, con lo que evita la sanción por incumplimiento en la entrega de ésta, que en este momento oscila entre los ¢213.100 hasta ¢1.278.600.

Precisamente este 1.° de noviembre todos los contribuyentes deberán ya utilizar la factura electrónica, exceptuando los sectores que tienen prórroga o que tienen alguna condición específica como el sector agrícola y los que están en el régimen simplicado.