Recomendaciones para proteger el software made in Costa Rica

Genere riqueza y retorno de inversión al proteger su invento

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Si su empresa es productora de software , ¿conoce cómo proteger sus creaciones si está pensando en exportar?, ¿desea sacarle provecho a los productos tecnológicos desarrollados?

La respuesta se encuentra en dedicar tiempo para conocer y aplicar los beneficios que otorga la propiedad intelectual.

Considere que no se trata únicamente de una manera de proteger su producción, sino de una oportunidad para generar riqueza y retorno de inversión en un mercado costarricense que exporta unos $2.800 millones por año, según cifras de la Cámara de Tecnologías de la Información (Camtic).

¿Cómo hacerlo?

Lo primero que debe hacer es establecer una estrategia según el plan de negocio. ¿Su objetivo es exportar? ¿Se dirigirá al mercado interno únicamente? ¿En cuáles países colocará sus productos?

Una vez definido el plan, analice si los mercados a los que quiere exportar requieren de protección.

En Costa Rica la invención de software se protege por medio de la propiedad intelectual y no por medio de una patente.

Se trata de un punto crucial si su interés es exportar a mercados como el estadounidense, país donde sí se puede patentar el software .

“Por eso importante que antes de exportar conozca las limitaciones y cómo se registran los productos en cada país y que los proteja, porque la mayoría de empresas no lo están haciendo”, afirma Alejandra Castro, abogada especialista en el tema de propiedad intelectual.

Tenga en cuenta que la propiedad intelectual se aplica dependiendo de la idea (materializada en una invención).

“El software es parte de los derechos de autor y al igual que en las patentes de invención, el derecho le corresponde al creador intelectual”, explica Simón Valverde, abogado de Castro & Pal Asociados.

Recomendaciones

La recomendación es incluir cláusulas –no solo de confidencialidad–, sino también de titularidad de propiedad intelectual.

La cláusula de propiedad intelectual debe regular en forma efectiva los distintos escenarios ante los cuales se puede enfrentar tanto el trabajador como el empleador.

“Una regulación correcta le otorgará certeza jurídica a ambas partes y evitará cualquier tipo de conflicto futuro”, dice Valverde.

En el tema de derechos de autor existen algunos mitos, dice Castro, abogada especialista en el tema de propiedad intelectual.

El primero de ellos es que se trata de un registro muy costoso, y el segundo es que se va a divulgar la información.

“Lo que muchos empresarios desconocen es que pueden registrar el software con reserva del código fuente”, afirma.

Una vez protegida la invención, hace falta que las empresas identifiquen cuál producto o creación podría convertirse en un activo intangible que debería estar bajo el esquema contable de la empresa.

La recomendación es que las compañías usen esos intangibles como garantías de negocio con diferentes compañías y como garantía mobiliarias ante el sistema financiero .

Registrar software

Los formularios se encuentran disponibles en la página del Registro Nacional. El costo de registro es de unos ¢2.000 por cada software. Tenga en cuenta que puede solicitar la reserva del código fuente.

Si va a exportar , considere que el software puede ser copiado. Analice la posibilidad de protegerlo en Costa Rica y patentar desde acá en otros mercados, de manera que sea más económico que hacerlo en el país directamente.

Recuerde que las apps son métodos de negocio que se pueden patentizar en Estados Unidos y registrar en Costa Rica.

Fuente Alejandra Castro, abogada.