Así es como los patronos podrán suspender contratos durante días de cierre y reactivarlos en semanas de reapertura

Decreto publicado este 12 de agosto habilita un mecanismo más flexible para notificar al Ministerio de Trabajo

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Las patronos podrán suspender los contratos laborales de sus empleados durante los días de cierres anunciados por el Gobierno y reactivarlos en las semanas de reaperturas.

Este 12 de agosto se publicó el decreto ejecutivo (42522) que habilita un mecanismo más flexible para que los propietarios de las empresas y negocios puedan notificar al Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS) sobre estos cambios de modalidad.

El decreto modifica el Reglamento para el procedimiento de suspensión temporal de contratos de trabajo. El objetivo es agilizar los procesos ante la Dirección Nacional de Inspección (DNI) y permitir que los negocios reabran en las fechas establecidas por las autoridades de salud.

Marco Durante, abogado laboral de la firma BDS Asesores, explicó que con la reforma al decreto se permite el levantamiento de la suspensión de una forma muy sencilla.

“Se puede regresar a labores de manera temporal cuando el Gobierno haya autorizado, para esa actividad, una apertura, según lo que nosotros hemos conocido como la figura del baile y el martillo”, añadió el abogado.

Laura Navarrete, abogada laboral de EY, recordó que la forma en que se aplicaba la suspensión de contratos antes del nuevo decreto, no tenía mayor sentido.

“Implicaba que el patrono tenía que solicitar la suspensión después de dar avisos sobre levantamiento, cuando llamaban para notificarle no la necesitaba, y si eventualmente, la tenía que volver a aplicar, solicitar una nueva suspensión”, detalló Navarrete.

Paso a paso

Este es el paso a paso que establece el documento para hacer el proceso de manera más expedita:

1- El patrono podrá solicitar la suspensión de contratos mediante un formulario virtual en la página web del Ministerio de Trabajo. En este enlace: http://app.mtss.go.cr/wpformulariopatronos.html

2- En el formulario deberá colocar el tipo de actividad económica que realiza, la ubicación exacta, el nombre de los trabajadores a quienes les aplicará la medida y adjuntar una declaración jurada.

3- La Inspección de Trabajo le notificará la autorización para suspender los contratos, se podrá aplicar durante los periodos de cierres anunciados por el Gobierno.

4- El empleador podrá levantar la suspensión de manera temporal sin importar si la solicitud ya fue aprobada o está pendiente ante la Inspección de Trabajo

5- Para levantar la suspensión de contratos debe comunicar a la Inspección de Trabajo sobre la reanudación de su actividad.

“Dicha reanudación podrá realizarse sin perjuicio de los derechos de las personas trabajadoras y la misma no afectará el curso del trámite de las suspensiones de contrato de trabajo presentadas ante la Inspección de Trabajo”, agrega el decreto.

6- La reanudación temporal de contratos podrá implementarse si el patrono lo considera oportuno, esto no implica que sea por días o semanas continuas.

7- Antes de reabrir el negocio, el dueño deberá notificar al trabajador con al menos 48 horas de anticipación y tendrá que explicarle el periodo o modalidad en que se reactivará su jornada.

8- El patrono también deberá comunicar a la Inspección de Trabajo, en un plazo de tres días a partir de que reabrió el negocio, sobre la reanudación de los contratos de sus colaboradores.

Tendrá que explicar el periodo que comprende el levantamiento de la suspensión y el nombre de las personas a quienes se les aplicará.

Este trámite se hará por medio de un formulario web que se habilitará en la página del MTSS. No será necesario que presente requisitos o documentos adicionales.

Ver más

5.943 empresas aplicaron suspensiones temporales de contratos a 65.995 personas en todo el país, según datos del Ministerio de Trabajo con corte al 11 de agosto.

Las actividades económicas en las que se implementaron más suspensiones son comercio (36.425 personas), servicios (20.900 personas), e industria (3.576 personas).

En el sector turístico se reportaron 1.720 empresas que suspendieron contratos a 23.921 trabajadores.

412 negocios reanudaron actividades a 1.853 personas en diferentes industrias del país.