Columna Tributaria: Acoso fiscal contra contribuyentes en Costa Rica debe terminar

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En los últimos años hemos visto que la balanza se ha inclinado en contra del contribuyente, favoreciendo cualquier mecanismo e instrumento de cobro a favor de la Administración, a pesar de ser arbitrario o excesivo. La Constitución Política exige contribuir, pero el derecho del Estado a cobrar no es ilimitado ni irrestricto. Los contribuyentes tenemos derechos que deben cumplirse por mandato constitucional.

Los derechos y garantías del contribuyente recientemente aprobados e incluidos en el Código de Normas y Procedimientos Tributarios son un mero decálogo de buenas prácticas, sin contenido real de protección alguna. Esto se refleja en los constantes abusos fiscales que los contribuyentes vivimos a diario, entre ellos la inconstitucional figura del “cobro coactivo”, violatoria de la Convención Americana sobre Derechos Humanos: exigen el pago de una deuda cuya existencia no ha sido validada más que por la misma Administración. Tenemos leyes sin reglamentos (seguimos esperando el Reglamento de Procedimientos Tributarios cuya última versión contiene ilegalidades de fondo y forma). Y tenemos reglamentos sin leyes, como con la regulación de precios de transferencia. Los constantes esfuerzos de la Administración por legislar por vía administrativa son una práctica de acoso fiscal. Los intentos de exigir a todas las sociedades informar sobre sus accionistas por medio de una simple resolución administrativa es incorrecto, toda vez que debería regularse por ley.

Adicionalmente, las nuevas políticas de obtención de información resultan a todas luces excesivas y onerosas para el contribuyente. Cumplir con la norma resulta caro y desproporcionado, tal y como ocurre con las propuestas de registros electrónicos de compras y ventas de mercancías y servicios. Que apliquen las sanciones a quienes defraudan o incumplen, pero no se puede acosar a todos los contribuyentes con obligaciones arbitrarias, excesivas y contrarias a la ley.