Columna Tributaria:Fiscalización tributaria en 2015

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La Dirección General de Tributación publicó en La Gaceta del 4 de febrero, la resolución DGT-R-001-2015 en la cual enlista los sectores de contribuyentes sobre los que se llevarán a cabo las actuaciones fiscalizadoras durante el año.

Con esta resolución se da cumplimiento a lo dispuesto en el “Reglamento sobre Criterios Objetivos de Selección de Contribuyentes para Fiscalización”, que establece que la Administración Tributaria podrá seleccionar para fiscalizar a contribuyentes que pertenezcan a determinados sectores con la condición de que lo establezca mediante resolución publicada con antelación al inicio del Plan Anual de Fiscalización de que se trate.

Una primera observación es que la resolución se publicó después de un mes de iniciado el plan anual, puesto que tenemos entendido que los planes de fiscalización inician en enero de cada año. No obstante, aunque la emisión de los criterios objetivos de selección se estableció como una garantía al contribuyente ante las potestades de la Administración, es incierto que pudiera prosperar un alegato de un contribuyente al que se le hubiera notificado el inicio de un acto de fiscalización, anterior a la citada fecha de publicación. La Sala IV ha indicado que los criterios de selección no son recurribles.

El aspecto que nos parece más notable, de esa resolución, no es tanto que repite los sectores del año precedente; como actividades inmobiliarias y profesionales liberales.

La novedad que destacamos es que se dispone que se podrá fiscalizar a los sujetos pasivos cuya renta neta gravable sea igual o inferior al 10% de la renta bruta declarada en el impuesto sobre las utilidades. Y que, para quienes tuvieran esa relación de renta neta entre renta bruta, no es relevante el sector económico en que operen.

Así que si en sus declaraciones de ese impuesto, esa relación está dentro de esa previsión, vale más preparase para que una eventual fiscalización no lo tome desprevenido.