Columna Tributaria: Impuesto a capital externo

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El Gobierno impulsa un proyecto de ley para bloquear la entrada de capital especulativo extranjero, conocido como "capital golondrina", al cual se le atribuyen consecuencias económicas negativas, como afectar a la baja el tipo de cambio del colón frente al dólar. Con base en ello, el Gobierno presentó el pasado 23 de enero un proyecto de "Ley para desincentivar el ingreso de capitales externos".

El proyecto propone la creación de un nuevo artículo 59 bis en la Ley del Impuesto sobre la Renta, mediante el cual el Gobierno tendrá la facultad de aumentar, de forma transitoria y hasta por 24 meses, las tarifas impositivas sobre los intereses que se paguen a no domiciliados por los emisores, agentes pagadores y otras sociedades públicas o privadas del país, originados en la entrada de capitales extranjeros. También aplicará para operaciones de recompra o reportos de valores, en sus diferentes modalidades, sea una o varias operaciones, y que se realicen por medio de bolsa de valores, así como a las tarifas de los impuestos que gravan los rendimientos y ganancias de capital obtenidos en fondos de inversión.

De aprobarse, las tarifas actuales contenidas en el artículo 59 de la Ley del Impuesto sobre la Renta, se podrían aumentar hasta en 30 puntos porcentuales. Esas medidas, sin embargo, no se aplicarían a los rendimientos obtenidos por personas no domiciliadas, sobre instrumentos financieros adquiridos antes de la fecha de vigencia de la ley, según se establece en el proyecto. Tampoco serían de aplicación –agregamos nosotros, aunque no lo expresa el proyecto– en los casos de convenios vigentes para evitar la doble imposición suscritos con otros países, como el que se tiene con España, porque esos convenios internacionales que regulan los aspectos impositivos derivados de las rentas que obtienen los residentes de un país en el otro, prevalecen sobre las leyes nacionales.