Columna Tributaria: Vigile los proyectos de reglamentación fiscal que no requieren aprobación legislativa

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No hace falta la aprobación de una ley en la Asamblea Legislativa para realizar algunas reformas normativas, por lo que hay que estar atentos a cualquier posible modificación o aprobación del actual régimen fiscal que se realice vía reglamento o resolución por parte del Poder Ejecutivo.

¿Cómo enterarnos a tiempo de estas reformas? El artículo 174 del Código de Normas y Procedimientos Tributarios establece la obligatoriedad de la Administración de dar publicidad a los proyectos, los cuales deberá divulgar en su página web y a través de redes sociales. En la página web de la Dirección General de Tributación hay un apartado que hace referencia a Proyectos, el cual se puede acceder en el vínculo http://dgt.hacienda.go.cr/proyectos/Paginas/Proyectosdereglamentaci%C3%B3n.aspx

Al redactar esta nota, tres proyectos están en consulta:

(i) La reforma al Reglamento de la Ley del Impuesto General sobre las Ventas, el cual propone modificaciones relacionadas con la reciente reforma al artículo 14 de la Ley de acreditación financiera del impuesto y la sujeción al impuesto de los servicios de Internet.

(ii) El proyecto de Resolución que desarrolla la obligatoriedad de presentar estados financieros auditados a la Administración Tributaria.

(iii) El proyecto de reforma al artículo 59 a) del Reglamento del Impuesto sobre la Renta, que regula las nuevas disposiciones de valuación de inventarios, eliminando la actual mención a la utilización del método UEPS tradicional, así como a los ajustes contables de UEPS monetarios.

Existen otros proyectos que ya han sido consultados y que no se encuentran indicados de manera expresa en esta página, pero que aún no han sido aprobados ni publicados. Debe destacarse el Reglamento de Procedimientos Tributarios resultante de la nueva Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria y el Reglamento de Precios de Transferencia.