El impuesto a los combustibles

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Las recientes discusiones en torno al precio de los combustibles, obligan a recordar su alto componente impositivo.

El Impuesto Único a los Combustibles representa el 11% de la recaudación tributaria del Estado, según lo detalla el presupuesto de ingresos corrientes de 2014 emitido por la Contraloría General.

Está claro que si la reducción en los precios de los combustibles proviene de una disminución en su carga tributaria, se abre un vacío de recursos que el Estado deberá llenar de alguna forma. Al final, terminaríamos todos nosotros igualmente pagándolo.

El Impuesto Único a los Combustibles nació en 2001 con la aprobación de la Ley de Eficiencia y Simplificación Tributaria, que ni simplificó ni mejoró el sistema, pero sí creó nuevas cargas.

Anteriormente los combustibles estaban sujetos a una estructura tributaria “en cascada”, donde se encontraba sujeto a varios impuestos como el Impuesto Selectivo de Consumo o el Impuesto General de Ventas. Estos se cobraban a nivel del expendedor o gasolinera, lo que generaba problemas en su cumplimiento y gestión.

Por esta razón, se creó el actual impuesto con una muy particular característica: el único contribuyente es la Refinadora Costarricense de Petróleo (Recope).

Así, el Estado le atribuyó a Recope la obligación de asumir la totalidad de la carga tributaria y trasladarla vía precio a los consumidores.

Cuando cada uno de nosotros paga su combustible, el monto del impuesto no se detalla en la factura, pues en realidad pagamos un precio final que ya incluye el impuesto que Recope pagó previamente. Al existir una traslación económica del impuesto y no una jurídica (como ocurre con el impuesto de ventas), el único legitimado para solicitar devoluciones será Recope.

El Impuesto Único a los Combustibles tiene alto contenido recaudatorio.