La extinción del dominio no se libra de fallas ni críticas en los países latinoamericanos donde está activa

Ocho países de la región ya tienen activas leyes de la misma naturaleza que la que se estudia en el Congreso costarricense

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Mientras en Costa Rica se debate el proyecto de ley de especial de extinción del dominio, en América Latina el concepto ha encontrado terreno fértil.

Colombia, Perú, México, El Salvador, Honduras, Guatemala, Bolivia y Argentina son países en los que ya aprobaron leyes similares. En Colombia ya tiene más de 20 años de vigencia. En tierra azteca acaba de alcanzar su primera década y se encamina a una reforma.

En la mayoría de estos países, el mecanismo se usa como un arma para enfrentarse al narcotráfico. En algunos otros, más bien pretende atacar las riquezas conseguidas con actos de corrupción. Pero el principio es el mismo en todos: que el Estado confisque los bienes de origen o destino ilícito.

Hay otro punto en común. La ley no ha sido aprobada o ejecutada sin que se levanten las voces de detractores en ninguno de estos países. Por ejemplo, en Argentina el presidente Mauricio Macri tuvo que saltarse al Congreso para que la extinción de dominio viera la luz. En Colombia la ley tiene apoyo político pero críticas importantes de abogados y académicos.

EF conversó con juristas de varios de estos países latinoamericanos en los que la extinción del dominio ya es una realidad, para analizar las virtudes y críticas de la ley ya en ejecución.

23 años de experiencia

Colombia fue el primer país de la región en aprobar la extinción del dominio. La ley está activa desde 1996.

El principio es básicamente el mismo al planteado por los defensores del proyecto en Costa Rica: confiscar riquezas, propiedades y bienes de las personas envueltas en narcotráfico y otros delitos del crimen organizado.

“En la labor legislativa hay muy poca crítica y muy poca resistencia, porque Colombia es un país muy criminalizado. En procura de perseguir el delito, poca crítica se ha hecho”, afirmó Jesús Reyes, abogado litigante y exfiscal de Colombia.

Sin embargo en más de 20 años la ley ha cambiado. Con el objetivo en el papel de hacerla más dinámica y efectiva, se decidió vincular la extinción del dominio a otros delitos como secuestro, contrabando, actividades terroristas, delitos en la en la administración pública, o el tráfico de personas.

Pero conforme crecieron el campo de acción de la ley, también crecieron las críticas. “Esos bienes lo que han servido es para alimentar otro foco de corrupción. Colombia se ha visto sacudida por como los servidores públicos se han visto servidos de esos bienes para profundizar la corrupción”, declaró el exfiscal.

Los procesos de ejecución de la ley también son lentos. Hay algunos con más de 16 años sin ser resueltos, según Reyes. En consecuencia, el valor de los bienes confiscados se ha evaporado en el proceso.

Otro lunar es la afectación que hace de las personas jurídicas.“Es una trituradora para evaporar bienes y acabar empresas” dijo el abogado litigante y exfiscal de Colombia.

Ampliación

En 2019 la extinción del dominio cumple su primera década de vigencia en México. Fue impulsada por el gobierno de Felipe Calderón como parte de su estrategia en seguridad nacional y la “guerra contra el narco”. En ese escenario se impulsó la Ley federal de extinción del dominio.

10 años después, el actual presidente mexicano Andrés Manuel López Obrador impulsa una reforma para relacionar la extinción de dominio con los delitos consecuentes de las conductas de corrupción –en México la corrupción como tal, no es delito–, robo de hidrocarburos y actos ilícitos de servidores públicos.

En México la ejecución de la extinción del dominio es la misma que se plantea en el proyecto de ley costarricense. La incautación de bienes se hace previo a la emisión de una sentencia, que declare culpable o inocente a una persona.

Pese a esto el Estado no logra amarrar todos los bienes que pretende incautar. Cuando los casos no son sólidos o se debilitan en medio de procesos extensos, la ley queda sin posibilidad de actuar y esto se ve como una señal de impunidad, de acuerdo con Diana Lastiri, reportera de El Universal y abogada mexicana.

Con la reforma actual “en lugar de que en la discusión sea sobre si la ley violenta derechos, es sobre incluir más delitos” declaró la abogada.

Experiencia argentina

La extinción de dominio llegó al Congreso argentino en medio de una situación económica, política y social importante. Había un inquietud social que hizo que el Poder Judicial actuará como una herramienta política. La corrupción que vivía el país era un eje de disputa electoral, de acuerdo con Malena Pastor, abogada penalista argentina.

Tal vez por este motivo fue que la figura legal terminó por aprobarse a través de un decreto presidencial, sin pasar por el trámite legislativo correspondiente. El presidente Macri la promulgó por un “Decreto de Necesidad y Urgencia”, declarando que “el que las hace, las paga” para justificar su acción. Fue en enero del 2019, lo que convierte a Argentina en el último país de la región en tener en funcionamiento una ley de este tipo.

Durante el lapso que la ley estuvo en el Congreso, se realizó un proceso de consulta con abogados expertos en derecho penal –un proceso similar al que vive Costa Rica en este momento–. Las críticas fueron grandes.

Los juristas argentinos insistieron en que la nueva legislación no era necesaria, ya que el país tenía otros mecanismos para realizar procesos similares a los que promueve la ley. Plantearon como opción alternativa la figura del comiso.

A pesar de su publicación, la ley no ha sido tan utilizada. “Los jueces saben que es inconstitucional porque la sacaron por decreto. Además la letra de la ley es deficiente teórica y jurídicamente”, aseguró la abogada argentina.

Además de estos tres ejemplos otros cinco países de la región ya aplican la extinción del dominio. En todos hay dudas sobre el resultado de su ejecución aunque también se apuntan a favor golpes poderosos.

En Guatemala la figura logró el decomiso de casi $5 millones en 2018. En total en el país centroamericano se ejecutaron 97 procesos de extinción de dominio con resultado de bienes que pasaron a favor del Estado. 20 más que en 2017.

En El Salvador un juzgado especializado en extinción de dominio decomisó 40 propiedades del expresidente Elías Antonio Saca, por considerar que fueron adquiridas con dinero desviado de gastos reservados de la Casa Presidencial salvadoreña. Los bienes incautados incluían un grupo radiofónico y tres haciendas.

También la figura logró la incautación de 61 propiedades supuestamente adquiridas con fondos públicos por personas relacionadas con el expresidente salvadoreño Mauricio Funes.

En Costa Rica la discusión continúa. Los diputados insisten en la necesidad de la figura para atacar al crimen organizado, pero se mantienen cautos ante los agujeros señalados en el proyecto de ley, por parte de juristas que buscan más bien el archivo del proyecto.