¿Qué significa que Costa Rica esté en la lista de paraísos fiscales de la Unión Europea?

Es la primera vez que el país ingresa a la “lista gris” de la UE que ahora es conformada por 16 territorios

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La Unión Europea (UE) incluyó el pasado 14 de febrero a Costa Rica en la lista de países y territorios no cooperantes en materia fiscal, también conocida como paraísos fiscales, luego de que el Consejo Ecofin (Economic and Financial Affairs Council), conformado por los ministros de Finanzas de los 27 países miembros del bloque, realizara una votación.

Así lo dio a conocer Casa Presidencial este lunes 13 de febrero mediante un comunicado de prensa, en el que agregó que esta inclusión se da luego de que el Grupo del Código de Conducta de la UE recomendara el ingreso del país a esa lista “debido al incumplimiento con el compromiso adquirido por la anterior administración de reformar el sistema de imposición para gravar las rentas pasivas extraterritoriales antes del 31 de diciembre del 2022″.

Según los lineamientos de la Unión, las rentas pasivas que una persona o empresa genere en el extranjero deberían estar gravadas en Costa Rica para así evitar que se dé una “competencia desleal” entre los regímenes tributarios de los países y que existan rentas libres de imposición.

Luego de esta noticia, Casa Presidencial acusó que el gobierno del expresidente Carlos Alvarado, se comprometió a presentar un proyecto de ley para establecer el gravamen de las rentas pasivas extraterritoriales al 30 de agosto de 2022, con la esperanza de que estuviera aprobado antes del 31 de diciembre de ese año.

El Ejecutivo pretende evitar que se apliquen sanciones automáticas contra el país y la inversión de capital europeo ante el ingreso de Costa Rica a la “lista gris” por lo que prometió presentar el proyecto de ley respectivo en marzo próximo.

Costa Rica ingresó a esta lista junto con Rusia, Islas Vírgenes británicas e Islas Marshall, por lo que ahora son 16 territorios catalogados como paraísos fiscales: Panamá, Samoa Americana, Fiji, Guam, Palau, Trinidad y Tobago, Samoa, Islas Vírgenes americanas, Vanuatu, Bahamas, Anguila y las Islas Turcas y Caicos.

¿Cuáles son las implicaciones que tiene para Costa Rica pertenecer a esta deshonrosa lista?

Lo primero que se debe aclarar es ¿qué es un paraíso fiscal? El autor Nicholas Shaxson escribió en una publicación para el Fondo Monetario Internacional (FMI) del 2019 que no existe una definición generalmente aceptada de lo que es un paraíso fiscal, no obstante él dio una aproximación en su libro Treasure Islands, la cual se relaciona con las palabras “eludir” y “a otro lugar”.

“Para eludir las normas que no gustan, se lleva el dinero a otro lugar, fuera del país”, señala la publicación de Shaxson.

Por su lado, desde hace algunas décadas la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) identificó varios parámetros para la definición de un paraíso fiscal. Hay cuatro claves: impuestos nulos o nominales sobre la renta correspondiente; la falta de intercambio efectivo de información con otras naciones; la falta de transparencia y la no exigencia de actividad real o sustancial del particular o de la empresa.

No obstante, es necesario tomar en cuenta que la definición de las jurisdicciones no cooperantes depende de cada país y la lista de estos destinos podría ser diferente en cada uno. Lo que puede ser un paraíso fiscal para Estados Unidos puede no serlo para Europa.

Ahora bien, ¿hay sanciones para el país por encontrarse en este listado?

Figurar en la “lista gris” de la UE no conlleva sanciones económicas, más allá de medidas administrativas y auditorías más estrictas y frecuentes.

Sin embargo, sí podría existir un efecto negativo que podría reflejarse en menor atracción de inversiones extranjeras al país, y eventualmente golpear el crecimiento económico.

Cambios tributarios

La razón por la cual Costa Rica figura en la “lista gris” de la UE se debe al incumplimiento de reformar el sistema de imposición para gravar las rentas pasivas extraterritoriales y esto ya genera preocupación en diversas agrupaciones.

La Cámara Costarricense Norteamericana de Comercio (AmCham) y la Unión Costarricense de Cámaras y Asociaciones del Sector Empresarial Privado (UCCAEP), consideran que el país no debe pasar de un sistema territorial a uno netamente mundial que grave todos los tipos de ingresos empresariales de origen extranjero, tanto activos como pasivos.

“La UE ha determinado que se debe adoptar un sistema de renta territorial “ampliada” o “reforzada”, bajo el cual los países tienen dos opciones básicas: introducir un gravamen sobre las rentas empresariales pasivas del exterior; o bien, mantener la exoneración de las rentas empresariales pasivas del exterior, implementando una serie de requisitos de sustancia adecuados, entre otros. Esto es distinto a un sistema de “renta mundial”, en el cual se gravarían todas las rentas (tanto activas como pasivas) con base en un criterio de residencia fiscal y/o nacionalidad”, afirmó AmCham mediante un comunicado de prensa.

Las cámaras están en contra de la llegada de nuevos impuestos porque consideran que entorpecería la reactivación económica y desincentiva la inversión extranjera.

“Es incorrecto decir que la UE está exigiendo que Costa Rica adopte un sistema tributario de renta mundial. El país puede cumplir con los estándares que está requiriendo la UE, sin necesidad de eliminar nuestro modelo de territorialidad ni creando impuestos a todas las rentas pasivas exteriores, que lejos de incrementar la recaudación, tendría un impacto negativo sobre la inversión internacional y doméstica”, señaló Silvia Castro, presidente de AmCham.

El ministerio de Hacienda redactó al FMI que se cobrará impuestos sobre “las rentas de capital obtenidas en el extranjero por residentes costarricenses”. El jerarca de esta institución, Nogui Acosta, explicó en una entrevista con EF en diciembre pasado, ¿a qué se refiere ese cambio y cómo se diferencia del concepto de renta mundial?

“Como renta costarricense se define la de alguien que tenga un establecimiento permanente y que haga una gestión que le genere rentas en el país. Ahí vamos un poco a la resolución reciente de la Sala Constitucional. Si yo, como parte del ejercicio de mi actividad empresarial tengo recursos afuera, eso no significa que estoy recibiendo una renta de afuera, sino una renta pasiva que se integra en la actividad empresarial que hoy tengo. Esa es la diferencia”, explicó Acosta.

Con respecto a renta mundial, el ministro señaló que hay una presión de los organismos internacionales, como la OCDE y la Unión Europea, en relación con la necesidad de que las empresas paguen en alguna de las plazas en que se encuentran y que, si yo estoy exento afuera, pague internamente o si estoy pagando externamente, quede exento adentro.