Reforma en la bancarización

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

Con las modificaciones recientes al Código de Normas y Procedimientos Tributarios se incluyó en el inciso f) del artículo 103, la facultad para que la Administración Tributaria establezca, mediante resolución publicada en el diario oficial La Gaceta , límites a la deducibilidad de los costos y gastos que se paguen en efectivo, para el cálculo de la base imponible del impuesto sobre las utilidades. Se trata de una disposición conocida, en general, como “bancarización”, existente en otros países y que tiene implicaciones en diferentes órdenes. En lo fiscal, se busca eliminar o al menos reducir, maniobras fraudulentas consistentes en simular adquisiciones de bienes y servicios que se “pagan” en dinero efectivo a proveedores “fantasma”.

Con la nueva facultad que comentamos y una vez vigente la resolución administrativa, solo podrán deducirse para el cálculo de la base imponible del impuesto sobre las utilidades, aquellos gastos o costos que superen el importe equivalente a tres salarios base (¢1.081.800 en este año) si se encuentran respaldados por los registros bancarios de tales transacciones; es decir, solo si se han pagado mediante cheques, tarjetas de crédito o débito, transferencias, etc, En sentido contrario, no podrán deducirse adquisiciones cuyos importes superen aquella cifra y que se pagaran en efectivo. Este es un requisito más de deducibilidad de los gastos para la determinación del impuesto sobre la renta.

Debido a que esta reforma se refiere únicamente al impuesto sobre las utilidades, no tiene ninguna incidencia en otros impuestos. Por ejemplo, el impuesto sobre las ventas pagado por adquisiciones deducibles según la Ley de ese tributo, sí podría deducirse como crédito en la declaración del impuesto, aunque se pagaran en efectivo.

La vigencia de la resolución será al menos un mes después de su publicación, con el fin de que los contribuyentes se adecúen a este nuevo requisito.