Segunda ronda electoral vería la luz el domingo de resurrección

En caso de que la segunda ronda sea necesaria, se realizaría el 1 de abril, según lo establece el artículo 138 de la Constitución Política

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El domingo de resurrección en Semana Santa se caracteriza por celebraciones religiosas, procesiones en algunas localidades y por el congestionamiento vial que produce el regreso masivo de vacacionistas. Sin embargo, el próximo 1 de abril podría estar acompañado de pitoretas y banderas, en caso de que el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) convoque a una segunda ronda electoral.

A menos de dos meses de las elecciones presidenciales no se puede afirmar que esta situación sucederá, pero esta es una posibilidad que no se puede descartar. Incluso el TSE prevé dentro de su presupuesto, recursos para otra ronda de votaciones.

Si esto ocurre sería la primera vez que una votación nacional se realizaría durante la Semana Santa, época donde una buena parte del país se paraliza, ya que el sector público no labora ––al igual que muchas empresas privadas–, los ciudadanos descansan en sus hogares o se van de vacaciones.

¿Pero por qué realizar una eventual segunda ronda en esa fecha? La respuesta está en la Constitución Política. El artículo 138 establece que si ningún partido político excede el 40% del total de votos emitidos, se deberá convocar a elecciones el primer domingo de abril.

De ser así los ciudadanos tendrían que hacer un espacio en su agenda vacacional para volver a las urnas el domingo de resurrección.

¿Cambios en celebraciones?

Durante el fin de semana, la Iglesia Católica realiza dos actividades que convocan a una gran cantidad de fieles. Se trata de la Vigilia Pascual, que se hace el sábado y se mantiene hasta altas horas de la noche, y la procesión del resucitado que se lleva a cabo el domingo por la mañana.

A pesar de que estas conmemoraciones forman parte de las festividades de la Semana Mayor, estas podrían tener modificaciones en caso de que se convoque a elecciones nacionales.

El TSE establece que durante la jornada electoral, e incluso el día anterior, no se deben realizar eventos o concentraciones masivas en sitios públicos o privados. Esta disposición se da para evitar cualquier riesgo en la seguridad y el orden público, ya que la Fuerza Pública debe de concentrar sus esfuerzos en la actividad electoral.

Gustavo Román, asesor de Gestión Política del TSE, aseguró que la institución no puede adelantar criterio sobre una posible segunda ronda, pero agregó que existe un antecedente sobre este tema.

En el 2014 el Eco Católico preguntó al Tribunal si podía realizar la procesión de la candelaria el domingo 2 de febrero (día de las elecciones), y ante la consulta la institución respondió:

“En tal virtud, se hace ver que el día 2 de febrero de 2014 no se podrán realizar procesiones religiosas y que cualquier evento debe de verificarse en el interior de los templos. Comuníquese a la indicada periodista y a la Conferencia Episcopal de Costa Rica, a la que respetuosamente se le solicita hacer lo anterior del conocimiento de los sacerdotes del país. Tome nota el Director General del Registro Electoral. ACUERDO FIRME”.

Esto significaría que durante la Vigilia Pascual, todos los actos tendrían que realizarse al interior del templo. Además no se podría llevar a cabo la procesión del Cristo resucitado.

EF consultó la posición de la Iglesia Católica al sacerdote Glenm Gómez, director de comunicación de la Arquidiócesis de San José, y este indicó que se acatarán todas las disposiciones del TSE.

Según Gómez la actividad que más convoca fieles es la vigilia pascual y por eso la iglesia esperará las directrices del Tribunal para comunicar la decisión a todas las parroquias, ya que estas disposiciones son de acatamiento general.

Abstencionismo

Para el domingo 4 de febrero el TSE invertirá ¢6.929 millones para que 3.322.329 electores ejerzan su derecho al voto. Pero ante una posible segunda ronda, el índice de abstencionismo se podría incrementar tal y como sucedió el domingo 7 de abril de 2014.

Durante las elecciones del 2010 un total de 2.822.491 estaban inscritas en el padrón electoral y en ese momento el abstencionismo alcanzó el 30,90%, es decir, 872.149 personas no asistieron a las urnas.

En el 2014 de 3.078,321 personas empadronadas, el 31,81% no ejerció el derecho al voto, esto representa a 979.213 ciudadanos. Pero el abstencionismo se incrementó en 11,69 puntos porcentuales durante la segunda ronda y alcanzó el 43,50%, lo que significa que 1.339.069 costarricenses no asistieron a las urnas.

La Encuesta de Actualidad de la Escuela de Estadística de la Universidad de Costa Rica reflejó que para el 2018 la intención de voto de los costarricenses es de 76%.

Para las próximas elecciones presidenciales 75.865 personas fueron excluidas del padrón electoral por defunción (al cierre del padrón) y 138.096 fueron incluidos como nuevos votantes.

¿Qué dice el tercer párrafo del artículo 138 de la Constitución Política?

“Si ninguna de las nóminas alcanzare la indicada mayoría, se practicará una segunda elección popular el primer domingo de abril del mismo año entre las dos nóminas que hubieran recibido más votos, quedando elegidos los que figuren en la que obtenga el mayor número de sufragios.”

Padrón electoral según provincia y sexo

ProvinciaTotalHombresMujeres
San José1.114.779543.289571.490
Alajuela630.990318.070312.920
Cartago387.905192.700195.205
Heredia332.859163.675169.184
Guanacaste240.637121.354119.283
Puntarenas310.662159.033151.629
Limón272.633140.456132.177
Total3.290.4651.638.5771.651.888

Fuente: sección de padrón electoral del TSE

Cantones con mayor cantidad de electores

ProvinciaCantónTotalHombresMujeres
San JoséCentral San José234.558113.514121.044
AlajuelaCentral Alajuela201.480101.52599.955
San JoséDesamparados160.24378.42781.816
CartagoCentral Cartago121.42659.85761.569
San JoséPérez Zeledón111.77956.04655.733
AlajuelaSan Carlos108.24055.14453.096
HerediaCentral Heredia96.66146.37150.290
LimónPococí92.00447.93044.074
San JoséGoicoechea90.05843.17646.882
PuntarenasCentral Puntarenas86.57144.27742.294

Fuente: sección del padrón electoral del TSE