Banco Central propone aplicar encaje mínimo legal a cooperativas de ahorro y crédito

Medida “nivelaría la cancha” entre intermediarios financieros y le ahorraría al Banco Central el pago de intereses

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El pasado miércoles 5 de mayo, la junta directiva del Banco Central de Costa Rica remitió a consulta pública una modificación a las Regulaciones de Política Monetaria para aplicar el encaje mínimo legal a las cooperativas de ahorro y crédito supervisadas por la Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) y modificar la composición de los activos que conforman la reserva de liquidez.

Según explicó Rodrigo Cubero, actual presidente del Banco Central, este cambio vendría a nivelar las condiciones de competencia entre los diferentes actores de intermediación financiera.

“(En el país) hay muchas cooperativas de ahorro y crédito que han alcanzado un tamaño sistémico, algunas de ella son más grandes que muchos bancos, de manera que ellas tienen una presencia fundamental en el sistema de intermediación financiera y, dado que captan recursos del público y los canalizan vía crédito, no hay ninguna justificación para mantenerlas eximidas del encaje mínimo legal”, comentó Cubero.

A la fecha, los intermediarios financieros que operan en el país deben trasladar una reserva líquida de sus pasivos (un 12% en el caso de colones y un 15% de sus operaciones en dólares) a cuentas no remuneradas del Banco Central, esto es lo que se conoce como el encaje mínimo legal, sin embargo, las cooperativas de ahorro y crédito y las asociaciones solidaristas están exentas de esta figura desde octubre de 1997 y, en cambio, deben mantener una figura llamada reserva liquidez.

La reserva de liquidez funciona de una manera similar: las cooperativas y las asociaciones solidaristas deben reservar un 12% de sus pasivos en colones y un 15% en dólares en canales del Banco Central, no obstante, estas entidades pueden hacerlo en instrumentos que sí pagan intereses, a diferencia de los intermediarios encajados.

El Banco Central estima que, al 31 de diciembre de 2021, las cooperativas de ahorro y crédito y las asociaciones solidaristas mantuvieron un 75% de sus reservas de liquidez en Bonos de Estabilización Monetaria (BEM), lo que significa un saldo de ¢328.000 millones (un 25% del saldo total de BEM a esa fecha).

El pago de intereses de estos bonos tienen un impacto en el déficit financiero del Banco Central. Según detalló Betty Sánchez, directora del departamento de análisis de la institución, estiman que el pago de intereses de los BEM de cooperativas y asociaciones solidaristas bajo la figura de la reserva de liquidez está en aproximadamente ¢16.000 millones, a la fecha.

Al encajar a estas entidades, el Banco Central se ahorraría un pago de intereses al mismo tiempo de que “nivelaría la cancha” al reducir la ventaja de las cooperativas por encima de los demás intermediarios financieros como consecuencia de no estar encajadas.

Cubero también comentó que la Junta Directiva está en potestad de tomar la decisión sobre encajarlas o no. “El Banco Central había aplicado esta excepción históricamente sobre la justificación de que las cooperativas eran relativamente pequeñas, ciertamente ya no lo son: representan un porcentaje muy importante del sistema de intermediación financiera nacional” , agregó el jerarca.

El Banco Central considera que la importancia relativa de las cooperativas de ahorro y crédito dentro del sistema financiero ha aumentado: mientras que en diciembre de 1997 el saldo de sus activos representó 3,5% de los activos totales del sistema financiero nacional, en diciembre del 2021 esa relación alcanzó el 10,4%.

De terminar de concretarse la propuesta del Central, la aplicación del encaje mínimo legal a las cooperativas de ahorro y crédito se daría de forma gradual a partir de enero del 2023 con aumentos de uno y medio puntos porcentuales por semestre, hasta alcanzar en julio del 2026 el 12% del encaje vigente para operaciones en moneda nacional y, en julio del 2027, el 15% del encaje para operaciones en moneda extranjera.