Banco Central propone cambiar cálculo de tipo de cambio de referencia del dólar

Con la modificación, ahora se tomará en cuenta el tipo de cambio utilizado efectivamente con las operaciones del público, entre las 10 de la mañana y las 4 de la tarde

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El Banco Central   envió   en consulta una modificación reglamentaria para cambiar la forma de cálculo del tipo de cambio de referencia del mercado.

El tipo de cambio de referencia (de compra y venta del dólar) es un promedio de las cotizaciones diarias de los intermediarios financieros, entre ellos, bancos, cooperativas, mutuales, financieras, casas de cambio y puestos de bolsa.

Hasta ahora, para calcular ambos precios, el Central toma en cuenta solo los tipos de cambio anunciados al público (en ventanilla), durante las 2 y 5 de la tarde de cada día. El valor resultante se considera el tipo de cambio de referencia para el día siguiente.

No obstante, con la modificación propuesta, ahora se tomará en cuenta el tipo de cambio utilizado efectivamente con las operaciones del público, entre las 10 de la mañana y las 4 de la tarde.

De esta forma se podrá monitorear un mayor volumen de operaciones, y en un periodo cuando los diferenciales (diferencia entre el precio de venta y el de compra) son menores.

De acuerdo a un comunicado enviado por el Central, esto será posible porque ahora la entidad tiene a disposición información en línea sobre las operaciones cambiarias que las entidades financieras tienen con el público.

La modificación incluye que en el lugar de calcular el precio de referencia tomando en cuenta el ponderado del tipo de cambio de la entidad y las transacciones de los últimos cinco días, ahora el tipo de cambios se ponderará según el monto negociado en cada transacción.

Según el Central, esta modificación beneficiará a muchos agentes económicos, sobre todo aquellos que utilizan el tipo de cambio de referencia para diferentes operaciones, entre ellas, los contratos en moneda extranjera que se liquidan en colones, los pagos de tarjetas de crédito, préstamos bancarios, tarifas de servicios, entre otros.

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La Ley Orgánica del Banco Central, en su artículo 48, le otorga la potestad de calcular el valor de referencia del dólar. En ese sentido, el Banco está sometiendo a consulta del mercado una reforma al Reglamento de Operaciones Cambiarias de Contado.

"Con estas modificaciones, se incrementa la cobertura del indicador de tipo de cambio de referencia, para que aproxime más apropiadamente el tipo de cambio promedio ponderado de todas las transacciones cambiarias en la economía, recogiendo cantidades y precios en todos los segmentos de negociación de divisas de los intermediarios cambiarios", señala el Central.

Para este jueves 27 de abril, el tipo de cambio de referencia de compra es de ¢556,79 y el de venta de ¢569,56. El diferencial es de ¢12,77.