¡Esté alerta!: Sugef advierte sobre personas físicas y jurídicas que se hacen pasar por intermediarios financieros

Solo las entidades supervisadas por la Superintendencia pueden realizar actividades de intermediación financiera: captación de ahorros y emisión de préstamos

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La Superintendencia General de Entidades Financieras (Sugef) alertó esta semana sobre personas físicas y jurídicas que se hacen pasar por sujetos regulados de la entidad, sin embargo, no cumplen con la supervisión de la Superintendencia y por ende no están autorizados a realizar actividades de intermediación financiera.

“Al no estar regulados ni supervisados por la Sugef, no se puede avalar su seguridad, estabilidad o solvencia, por lo que se advierte que quienes contraten sus productos y servicios, lo hacen bajo su propia cuenta y riesgo”, comentó Rocío Aguilar, superintendente de Sugef.

Aguilar señaló que se supervisa a un grupo de entidades que tienen permitido desarrollar actividades de intermediación financiera como bancos, cooperativas y financieras, entre otras.

Por otro lado, ante la Sugef también se inscriben (pero no se supervisa) diversas actividades dispuestas en los artículos 15 y 15 Bis de la Ley 7.786 sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo.

Estos artículos toman en cuenta actividades como los casinos, las personas físicas o jurídicas que se dediquen de forma profesional y habitual a la compra y venta de bienes inmuebles, los comerciantes de metales y piedras preciosas, las casas de empeño, entre otros.

Si bien la Sugef debe verificar que los sujetos a quienes dicha normativa les aplica se inscriban ante la Superintendencia y que cuenten con los mecanismos pertinentes para la prevención de los riesgos de lavado de dinero y financiamiento del terrorismo, esto no constituye una autorización para operar ni realizar actividades de intermediación financiera.

“Se ha podido detectar una manera de presentarse como supervisados por la superintendencia, que puede provocar o llamar a engaño a la población. Estas entidades no están autorizadas para realizar intermediación financiera”, comentó Aguilar a EF.

También están los casos en que el sujeto físico o jurídico no es supervisado y tampoco se encuentra inscrito ante la Sugef bajo la Ley 7.786.

Aguilar señaló que tras una investigación de la entidad de un conjunto de denuncias de diversa índole, a finales de marzo se trasladó una denuncia al Ministerio Público, que incluye más de 50 casos en los que se detectó que se estaban realizando actividades de intermediación financiera o el uso de información engañosa.

“Hay un fenómeno que se va presentando con mayor intensidad y es el surgimiento de plataformas tecnológicas en donde se facilitan los ‘productos financieros’; esto se ha ido incrementando y la ciudadanía debe tratar de verificar siempre que se trate de una autoridad supervisada”, dijo Aguilar.

Entidades supervisadas

La Sugef recalcó que únicamente los sujetos supervisados, con base en la Ley Orgánica del Banco Central de Costa Rica (7.558) están autorizados para operar como intermediarios financieros en el sistema financiero nacional y pueden captar recursos del público (ahorros) así como otorgar facilidades crediticias.

Si usted es víctima de algún tipo de engaño o conoce de algún sujeto físico o jurídico que realice actividades de intermediación financiera sin la supervisión requerida, puede realizar la respectiva denuncia ante la Sugef o ante el Ministerio Público.

La lista de organizaciones supervisadas por Sugef puede encontrarla aquí: entidades supervisadas.