Sicere emite nuevos lineamientos para el traslado de afiliados entre operadoras de pensiones

Nuevo lineamiento entrará en vigencia el 1 de noviembre del 2012

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El Sistema Centralizado de Recaudación (Sicere) remitió esta semana a las operadoras de pensiones complementarias (OPC) los nuevos lineamientos para la libre transferencia de los fondos de los trabajadores afiliados y que se espera entre en vigencia el próximo 1 de noviembre del 2012.

A partir de esa fecha entraría en vigencia el documento Lineamientos para la afiliación a entidades autorizadas que ya fue enviado a las gerencias de las OPC y a la Superintendencia General de Pensiones.

Según el cambio, cuando un trabajador afiliado a una operadora quiera modificar la entidad que administra sus fondos, debe recurrir directamente a esta para que gestione el traslado. Actualmente, cuando alguien desea cambiar, solamente debe pedir a la nueva operadora en la que desea estar que realice el movimiento, siempre y cuando cumpla con los requisitos establecidos por los reglamentos.

La modificación es impulsada por la Superintendencia de Pensiones (Supen) con el objetivo y la premisa de que los cambios se realicen de manera razonada y para que los afiliados tomen una decisión fundamentada en la información que le proporcione la operadora a la que se encuentra afiliado.

Procedimiento

Según el nuevo documento propuesto por el Sicere, si una OPC realiza un traslado solo podrá aplicarlo a sus afiliados que vayan a otras entidades administradoras de fondos, excepto cuando se trata de una nueva afiliaciión. Es decir, las entidades solo podrán realizar movimientos para las personas que tienen bajo su administración y para esto deberán contar con el formulario denominado Solicitud de afiliación a entidad autorizada.

Con la autoriación del cliente en poder de la OPC, esta procedería a gestionar el cambio de manera electrónica en el Sicere, momento en el cual adquirirá firmeza y a partir de esa fecha todos los aportes que se recauden serán enviados a la nueva operadora.

Posteriormente, en un plazo de cinco días hábiles, la entidad que realizó el cambio deberá remitir el formulario a la nueva operadora escogida por el trabajador y esta a su vez debe custodiar la documentación por un mínimo de diez años.

El Reglamento de apertura y funcionamiento para los entes supervisados en el sector de pensiones es el que establece que las firmas tienen cinco días hábiles para hacer las transferencia de recursos y es el que también prohibe las conductas o prácticas obstaculizadoras para que los interesados puedan hacer su libre movilidad.

El Sicere también dejó abierta la posibilidad para que las personas interesadas gestionen directamente ante esa dependencia su traslado. Este se puede hacer por la oficina virtual del Sicere o en el área de registro y control de aportaciones en la sede central en San José y en las sucursales de la Caja Costarricense del Seguro Social. Las personas que posean el certificado o firma digital podrán hacerlo directamente.

Ronald Lacayo, director del Sicere, manifestó que el proceso de comunicación a las operadoras de pensiones inició el pasado 2 de octubre y que en la tercer semana de este mes se llevará a cabo la fase de pruebas con las OPC y los ajustes que se requieran a los sistemas se harán en la cuarta semana.

Lacayo insistió en que con este nuevo modelo solamente se modifica uno de los tres canales que los afiliados tenían para ejercer la libre transferencia.

Este es el primer paso en el interés de la Supen por agilizar la libre transferencia, a que a su juicio presenta tasas relativamente altas en comparación con otros países, es decir, en la valoración de la entidad reguladora se movilizan muchos recursos anualmente.

Otro de los cambios que la Superintendencia pretende implementar es eliminar la condición de tener como mínimo un año en una misma operadora para poder hacer una transferencia voluntaria. El jerarca de esa institución, Edgar Robles, pretende que los afiliados se puedan mover en cualquier momento.

Alejandro Solórzano, gerente general de la operadora Vida Plena, considera que operativamente los cambios propuestos son de fácil cumplimiento y coincide en que probablemente a partir del momento en que las decisiones de traslado pasen por un mayor razonamiento por parte de los afiliados.

Solórzano dijo que esta modificación puede terminar por beneficiar a los afiliados con menores comisiones por administración o más utilidades distribuidas en el caso de las OPC de entidades estatales, pues existe la posibilidad que disminuyan los gastos en promoción y búsqueda de nuevos clientes.

Otra de las modificaciones que se agrega es un cambio a los requisitos del poder especial que se otorga cuando son terceros los que gestionan el traslado. Estos deberán hacer la emisión del poder con las especificaciones de cada caso y ahora deberán evitar poderes con espacios en blanco para ser llenados a conveniencia.