Un camión de ₡34 millones solo paga ₡54.000 de marchamo; un sedán de ₡1.200.000 paga casi ₡100.000: explicamos la razón

Un camión del año 2020 y que tiene un valor fiscal de ₡34.690.000, solo debe pagar ₡54.000 de marchamo; mientras que un vehículo liviano año 2000 de ₡1.180.000, debe cancelar ₡96.000 por ese mismo derecho de circulación, ¿por qué sucede esto? Le explicamos.

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Un camión del año 2020 y que tiene un valor fiscal de ₡34.690.000, solo debe pagar ₡54.000 de marchamo; mientras que un vehículo liviano año 2000 de ₡1.180.000, debe cancelar ₡96.000 por ese mismo derecho de circulación, ¿por qué sucede esto? Le explicamos.

Para la mayoría de propietarios de vehículos, el rubro más importante del marchamo es el impuesto sobre la propiedad de vehículos, el cual fue creado en 1987, por la Ley 7.088.

El marchamo se compone de nueve rubros, pero este tributo representa el 67% del monto total, según con datos del Instituto Nacional de Seguros (INS).

En la Ley 7.088, se estableció una tabla para calcular el impuesto sobre los vehículos según su valor fiscal. Se trata de una tabla progresiva, en la que las tasas aumentan conforme más alto sea el valor del automotor.

Cada año, un decreto ejecutivo actualiza los valores fiscales según los ajustes de depreciación e inflación.

Veamos el ejemplo:

Un carro liviano que reporta un valor fiscal de ₡1.180.000 debe pagar solo por el impuesto a la propiedad de vehículos ₡43.920, y en total el marchamo a cancelar son ₡96.000.

Mientras que un camión que tiene un valor fiscal de ₡34.690.000 debe pagar la tímida suma de ₡8.000 por el impuesto a la propiedad de vehículos; y su derecho de circulación total es de ₡54.000.

¿Por qué sucede esto?

El impuesto a la propiedad de vehículos que paga un autobús para pasajeros, un taxi o un camión de carga pesada, es fijo, según una disposición legal aprobada por los diputados en 1987.

En el inciso f) del artículo 9 de la ley 7.088 se establece una tabla que aplica a motos y a vehículos de transporte. En el caso de las motos, se paga un monto fijo por cilindrada. No están afectadas por el valor fiscal y pagan entre ¢700 y ¢15.000.

Mientras que en el caso de los camiones de carga pesada, los buses y los taxis, la tarifa fija que pagan es de ¢8.000.

Es decir, que con los ₡44.000 que paga ese carro liviano que usamos como ejemplo, por el impuesto a la propiedad de vehículos, se podría pagar ese tributo de casi seis camiones de carga pesada.

Los legisladores de 1987 fijaron el monto para camiones pesados, buses y taxis en ¢8.000, que por aquellos años no era poco dinero. Si traemos ese monto al valor presente, el tributo que deberían pagar sería de ₡217.816. El tema es que la ley no se ha actualizado.

El Ministro de Hacienda, Nogui Acosta, dijo durante la conferencia de prensa que dio a conocer los detalles del marchamo 2023, que trabajan en una propuesta para cambiar la fórmula que se utiliza para calcular el derecho de circulación.

El jerarca insistió en que la carga tributaria debe recaer sobre el valor del vehículo y por eso existe la necesidad de cambiar la fórmula, de manera tal que sea más equitativo el cobro.

De acuerdo con datos suministrados por el INS, los propietarios de 1.744.707 vehículos en Costa Rica deberán pagar el marchamo 2023; esta cifra representa una recaudación aproximada a los ¢329.000 millones.

El período de pago sin recargos se extiende hasta el 31 de diciembre de este 2022.