Zapatero a tus zapatos

¿Cuál ha sido la reacción ante la propuesta estadounidense de establecer un “capitalismo colectivo” o “de las partes interesadas”?

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En agosto recién pasado la publicación de un comunicado de Business Roundtable, suscrito por altos ejecutivos de 181 de las más importantes empresas de Estados Unidos, causó gran revuelo. ¡Y no era para menos!

En dicho documento se modifica el criterio mantenido, durante las últimas décadas, acerca de cuál debe ser el objetivo de las compañías. Hasta ahora, se consideraba como el propósito primordial de la firma maximizar sus utilidades en beneficio de los propietarios, es decir, de los accionistas.

El nuevo planteamiento de los empresarios norteamericanos representa una clara rebelión en contra de la ortodoxia. Se trata, en esencia, de ampliar, de manera muy significativa, el objetivo de la empresa. De hecho, en vez de cuidar exclusivamente los intereses de los accionistas, la empresa debe promover también el bienestar de los diferentes grupos de interés con los cuales se relaciona: trabajadores, clientes (consumidores), suplidores, así como la comunidad en la cual opera. Se incluye así la justicia social y el cambio climático entre estos objetivos. Si las empresas deciden seguir el camino señalado en la declaración, dentro de un sistema de libre mercado, los beneficios no se harían esperar:

• buenos empleos,

• crecimiento económico,

• nuevas tecnologías, innovaciones,

• medio ambiente protegido.

Estados Unidos podría así ofrecer oportunidades a todos los habitantes y una prosperidad compartida entre toda la población. El cambio de rumbo propuesto es evidente, no cabe duda ¿Pero realmente lo es? Para responder esta pregunta es necesario recordar el significado y el alcance de la ortodoxia, aunque sea en una apretada síntesis.

1. Ciertamente, desde los tiempos de Milton Friedman el objetivo prácticamente único de la empresa consistía en proteger el interés de los accionistas (utilidades, valor de las acciones). Ahora bien, para lograr este objetivo la empresa se ve de hecho obligada a promover también el bienestar de diferentes grupos con los cuales mantiene relaciones.

2. Esto por cuanto, la firma para cumplir con su cometido – maximizar sus utilidades – debe tomar en cuenta necesariamente de manera simultánea los intereses de: los consumidores (satisfacer sus necesidades), los trabajadores (mejorar su productividad), los proveedores (establecer una relación mutuamente satisfactoria) y la comunidad (pagar impuestos para mantener el estado de derecho).

Si este no fuera el caso entonces la empresa no podría maximizar sus utilidades. Su viabilidad estaría seriamente comprometida. No se lograría por lo tanto, proteger los intereses de los accionistas.

3. Ahora bien, para asegurar el funcionamiento satisfactorio de la compañía deben cumplirse ciertas condiciones:

• operar en mercados competitivos (libre competencia);

• internalizar, es decir asumir, los costos ocasionados a la comunidad por la operación de la empresa (externalidades negativas);

• respetar las reglas de juego (legislación vigente);

• comportarse de acuerdo con los principios morales de la comunicad, y

• adoptar una perspectiva de largo plazo (proceso permanente de innovación).

4. Sin embargo, con cierta frecuencia, algunas empresas no cumplen con las condiciones mencionadas. Desde el punto de vista de la ortodoxia esas empresas incurren en prácticas que representan, verdaderos pecados “capitales”. Entre ellas:

• Obtener ganancias monopolísticas (socavar la competencia, explotar a consumidores y productores);

• capturar las políticas públicas para su propio beneficio;

• cometer actos de corrupción (lobby excesivo, contribuciones poco transparentes a partidos políticos) para obtener determinadas ventajas y beneficios;

• desvirtuar la adecuada gobernanza (objetivos de los gerentes diferentes a los de la junta directiva o agenda de esta diferente a la de la asamblea de accionistas);

• tomar decisiones con un horizonte solo de corto plazo.

Dos opciones

¿Cuál ha sido la reacción ante la propuesta de establecer un “capitalismo colectivo” o “de las partes interesadas”?

En primer lugar, están los escépticos. Para ellos se trata de un truco publicitario o de un gesto retórico ante los ataques de los grupos sociales anti empresa privada.

Para un segundo bloque, se trata de una confesión de culpabilidad, de un acto de contrición, tal, por ejemplo, la posición de Sachs.

Para un tercer grupo los firmantes del documento no lo cumplirán con lo que pregonan. No hay, de hecho, indicación alguna acerca de cómo se llevará a cabo el cambio propuesto, ni cual es el plan de acción para ejecutarlo. Tampoco se establecen los procedimientos a fin de corroborar, desde afuera de las empresas, el cumplimiento del compromiso adquirido. Es más, no pocas empresas firmantes hoy ya incumplen sus obligaciones al mantener en los paraísos fiscales ingentes fondos a fin de pagar menos impuestos. Otras ya tienen posiciones dominantes (monopolios, oligopolios) en algunos mercados.

En cuarto lugar, están quienes se plantean el tema de las posibles consecuencias de llegarse a concretar el planteamiento de los empresarios firmantes. Al respecto dos comentarios son pertinentes:

1. Algunos de los nuevos objetivos ya forman partes, implícitamente, de la ortodoxia. De hecho, maximizar las utilidades requiere, como se indicó anteriormente, tomar un conjunto de decisiones cuyo resultado es beneficioso para trabajadores, consumidores y suplidores. Desde este punto de vista no hay mucha novedad.

2. En cuanto a incluir dentro de los objetivos de la empresa participar activamente en la solución de las calamidades de la sociedad contemporánea (pobreza, desigualdad, cambio climático, drogadicción, terrorismo, migraciones, noticias falsas, etc.) se considera inconveniente y perjudicial tanto para la comunidad como para las empresas. Para la sociedad por cuanto se otorga poder a los empresarios de decidir cuáles son los problemas prioritarios.

Esto significa poner a tomar decisiones políticas a personas sin ningún mandato o representación, sin legitimidad alguna para tal efecto. Esta concentración de poder es inaceptable en una democracia. Para las empresas el perjuicio se origina en la dificultad de determinar, con certeza, el cumplimiento de la responsabilidad (accountability) en las diferentes instancias (asamblea de accionistas, junta directiva, comités, gerencias) dentro de la propia empresa.

Lo anterior, ciertamente, no significa relevar a los empresarios de su responsabilidad para con la comunidad, tal como la tienen también todos los demás ciudadanos. Por ello, en vez de hablar de la responsabilidad social de empresa, debe hacerse referencia a la responsabilidad social (moral) de los empresarios a título personal.

Al nuevo capitalismo – el “capitalismo colectivo” – se le augura un futuro incierto y endeble, poco promisorio. Pocas razones existen para creer lo contrario. Según The Economist el capitalismo “corporativo” (estado + empresas + sindicatos) tampoco ha dado los resultados esperados ni en EE. UU. ni tampoco en Japón o Europa.

Las opciones abiertas parecieran, en la actualidad, reducirse a dos. De una parte, el capitalismo “competitivo”, a la Friedman y Co. debidamente remozado (más competencia, mayor número de accionistas). De otra, el capitalismo de “estado”, tal como se lleva a cabo hoy, en la República Popular de China.