¿Es un productor agropecuario? Conozca los beneficios de registrarse ante el Ministerio de Agricultura

Se categoriza como “pequeño o mediano productor", según el número de hectáreas de la finca en la que se trabaje

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Si usted se dedica a sembrar frutas, hortalizas o granos, a la ganadería, acuicultura, a la producción de plantas ornamentales, entre otras actividades agropecuarias, puede registrarse ante Ministerio de Agricultura y Ganadería (MAG) como “Pequeño y mediano productor agropecuario” (Pympa) y recibir ciertos beneficios.

Para hacerlo, debe ser propietario o alquilar una finca que tenga un determinado tamaño, según los parámetros del artículo 9 del decreto Sistema de Registro del Ministerio de Agricultura y Ganadería para certificar la condición de pequeño y mediano productor agropecuario.

Por ejemplo, si se dedica a sembrar papaya o plátano, para ser considerado pequeño productor, la finca en la que realiza esta actividad debe ser menor o igual a 15 hectáreas y para ser catalogado como mediano productor tiene que ser mayor de 15 hectáreas y tener hasta 35 hectáreas.

Se establecen diferentes áreas que deben tener las fincas, de acuerdo con el tipo de actividad.

¿Cuáles son los beneficios?

Algunas ventajas que se obtienen al registrarse como Pympa son:

-Acceder a créditos y avales del Fondo de Desarrollo de la Micro Pequeña y Mediana Empresa.

-Recibir la exoneración del pago del impuesto a las personas jurídicas al realizar la solicitud.

-Si el productor lo pide, a su vehículo de carga liviana, pesada o tipo doble tracción rural se le puede dispensar de la realización de la prueba para el control de emisiones en la Revisión Técnica Vehicular, según el artículo 3 del decreto 30709-MAG-MOPT.

-Se le otorga prioridad al momento de distribuir ayudas en situaciones de emergencia, según información del MAG.

-Si la empresa tiene entre uno y cinco trabajadores, podría beneficiarse de una nueva modalidad de pago de cargas sociales, que reducirá el monto que se debe cancelar y lo irá aumentando gradualmente en un periodo de cuatro años. El asunto está regulado en el Reglamento de Aseguramiento de Microempresas y Emprendedores en el Seguro de Salud, aprobado por la Junta Directiva de la Caja Costarricense de Seguro Social.

Rigoberto Corrales, funcionario de la Dirección Nacional de Extensión Agropecuaria del MAG, explicó que la inscripción como Pympa puede realizarse a título personal o como persona jurídica.

Se debe acudir a la Agencia de Extensión Agropecuaria del MAG más cercana al sitio en el que se encuentra la finca.

Los requisitos que le pedirán son los siguientes:

-Cédula de identidad.

-Un documento (puede ser una certificación del Registro Nacional) en el que se pueda verificar dónde está la finca y quién es el propietario.

-Si la finca es alquilada, debe aportarse un escrito que demuestre el alquiler. El dueño de la finca debe indicar que la alquila y debe otorgar sus datos, así como los del productor que arrienda la finca.

-Llenar unos formularios y realizar una declaración jurada.

La información tiene que actualizarse cada año o cuando se geste algún cambio en el uso de tierra u actividad.

Una vez entregados los requisitos, los funcionarios del MAG tienen un plazo máximo de 10 días para entregarle la constancia que lo acredita como “pequeño o mediano productor”.

Quienes se registren como Pympa también tiene la opción de hacer los trámites para inscribirse como pyme agropecuaria ante el MAG (ver requisitos aquí) y obtener otros beneficios.