Inconveniente técnico de Hacienda obliga a contribuyentes a ir a los bancos a hacer pago de renta, cuando se deben evitar aglomeraciones

Quienes no tengan disponible su pago por conectividad pueden reportarlo a Tributación

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Como el próximo 31 de marzo se debe pagar el adelanto del impuesto de renta, un grupo de contribuyentes –incluyendo empresas– se encontraron con las sorpresa de no poder cumplir este primer pago parcial a través de los servicios electrónicos de los bancos autorizados.

La situación se debió a que el Ministerio de Hacienda no subió los datos de muchos de ellos, lo cual los obligó a ir personalmente a las sucursales bancarias a realizar el pago y con un formulario en papel.

La Dirección General de Tributación respondió que no está remitiendo a los contribuyentes a los bancos para pagar el primer parcial de renta 2020.

“Lo que sucede es que por inconvenientes de carácter técnico, no se ha cargado en conectividad la totalidad de los pagos parciales del primer trimestre 2020”, explicó Tributación a una consulta de EF.

La entidad agregó que eso hace que algunas personas opten por recurrir al formulario D.110 (recibo oficial de pago) y elaborado en el Programa EDDI-7, lo impriman y paguen en ventanilla de los bancos.

“Hasta el mediodía de hoy, el sistema ya había generado más del 86% de estos pagos”, aseguró Tributación.

Los contribuyentes que no tengan disponible su pago por conectividad pueden reportarlo a la Triburación por medio de un correo electrónico dirigido a cuenta_sacid@hacienda.go.cr, con el objetivo de que se les genere su pago dentro del menor plazo posible.

Los pagos parciales son adelantos obligatorios del impuesto sobre las utilidades, según lo establece el artículo 22 de la Ley del Impuesto sobre la Renta.

Según la misma Tributación la cancelación de los pagos parciales se puede efectuar por medio de conectividad, a través del sitio web de la entidad financiera o bien apersonándose en las cajas (ventanillas) de estas entidades.