Operadores de telefonía llevan a la Sutel de nuevo ante el juzgado

Pulso tiene que ver con la potestad del regulador de emitir instrucciones obligatorias y por el procedimiento seguido

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Los operadores y el regulador de telecomunicaciones tienen un pulso sobre la potestad de este para emitir “instrucciones obligatorias de carácter general”, su competencia y el procedimiento seguido para dictarlas.

La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) hizo caso omiso de los alegatos de Claro y del Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) relacionados con una resolución suya que establecía los procedimientos ante las reclamaciones de usuarios.

Los operadores y proveedores de telecomunicaciones recurrieron entonces ante el Tribunal Contencioso Administrativo de Hacienda.

El cuestionamiento fue planteado por la Cámara de Infocomunicación y Tecnología (Infocom), que insiste que los reglamentos solo pueden ser emitidos por la Autoridad Reguladora de Servicios Públicos (Aresep), a la que está adscrita la Sutel.

“La Superintendencia respeta las opciones que ofrece el Estado de Derecho en que vivimos y de lo que resuelva el Tribunal”, respondió la Sutel.

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La instrucción sobre los reclamos de los usuarios no es la única resolución general obligatoria emitida. También hay otras sobre portabilidad numérica, homologación de terminales o los servicios de valor agregado. Ahí también la Sutel podría haberse excedido en sus potestades.

Para las compañías, el problema de fondo sigue siendo el intervencionismo del regulador. “La Sutel debe ser ágil, enfocada en asegurar el cumplimiento de los aspectos de su competencia consagrados en la ley y los reglamentos, tales como la promoción de la competencia efectiva en los mercados y el respeto a los derechos de los usuarios finales”, dijo José Pablo Rivera, gerente de regulación de Telefónica.

Límites

No es la primera vez que Sutel debe presentarse a los Tribunales.

Credit Card le ganó una disputa y están pendientes demandas del ICE por la multa de ¢2.157 millones debido a supuestas prácticas monopolísticas, por supuesta distorción de tarifas y por portabilidad numérica fija.

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En el caso de la resolución sobre reclamaciones, la Sutel sostuvo que tiene la potestad que le dan las leyes de telecomunicaciones aprobadas en el 2008.

Empero, la instrucción tiene directrices innecesarias ya establecidas en la ley y en otras normas. Por ejemplo, la resolución establece que las firmas deben implementar mecanismos de información a los usuarios sobre sus derechos. La norma ya está indicada en la Ley General de Telecomunicaciones y en el reglamento de protección al usuario final.

Para las compañías y los especialistas, empero, el problema de fondo es sobre las competencias del regulador, que se irrespeta el debido proceso (las propuestas de reglamentos deben ir a consulta pública antes) y se incumple el principio de legalidad, según el cual las entidades del Estados solo pueden hacer aquello que expresamente se autorice en la ley.

“La Sutel ha rebasado los límites”, acusó Juan Manuel Campos, director de telecomunicaciones del bufete Facio y Cañas & Ciber Regulación. “Como órgano de máxima desconcentración de la Aresep no le fue conferida potestad reglamentaria”, agregó.

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Vanessa Castro, especialista legal en telecomunicaciones, dijo que se esperaría que se revise la legalidad de las resoluciones de la Sutel, las cuales pueden afectar al mercado ante una intervención que se puede convertir en una barrera. “La Sutel debe actuar apegada al principio de legalidad y todo lo que conlleva”, reiteró.

Idéntica opinión sostuvo Claro. “Consideramos trascendental para la seguridad jurídica del sector, que se cumplan estrictamente los procedimientos definidos para la emisión de este tipo de normas”, afirmó Víctor García, gerente regulatorio de Claro.

Rastro de un conflicto

En diciembre del 2013 la Sutel detecta un alza de reclamaciones de usuarios ingresadas del 80% en comparación con el 2010 y del 25% en comparación con el 2012. Ese año, el 52% de los reclamos son contra el ICE, 24% contra Claro, 13% contra Telefónica y 11% contra otros operadores de telecomunicaciones.

Diciembre, 2014

La Sutel emite la resolución RCS-298- 2014 “Instrucciones regulatorias para la atención y resolución efectiva de reclamaciones interpuestas antes los operadores o proveedores de los servicios de telecomunicaciones”, alegando que es el órgano encargado de regular el ordenamiento jurídico en telecomunicaciones.

Enero, 2015

Empieza a regir la instrucción a partir de la publicación en La Gaceta (el 20 de enero). Tres días después, la Sutel recibe dos recursos de reposición interpuestos por el ICE y la firma Claro que alegan haber hecho observaciones previas y que es Aresep la que tiene potestad para emitir reglamentos, respectivamente.

Marzo, 2015

El Consejo de la Sutel emite otra resolución (la RCS-038-2015) ante los reclamos de Claro y del ICE. Ahí reforma varios artículos e incisos de la instrucción y reafirma que los operadores de redes públicas y los proveedores de servicios deben atender las reclamaciones siguiendo las disposiciones dictadas.

Febrero, 2016

Infocom reitera ante el Tribunal Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda que la resolución de la Sutel contiene instrucciones reglamentarias, que Sutel no tiene potestad para dictar reglamentos (corresponde a Aresep) y que no se siguió el debido procedimiento que se dicta en la ley.

Las tres claves de la demanda

* Carácter reglamentario: Infocom alega que en la resolución de Sutel se establece que es “de acatamiento obligatorio”, que su alcance es general (para operadores y proveedores de telecomunicaciones) y que tiene carácter reglamentario.

* Sutel no puede: Agrega que según la ley de Aresep y la Ley General de Telecomunicaciones es a la Aresep a la que corresponde el dictado de los reglamentos que sean necesarios para la regulación del mercado de telecomunicaciones.

* Debido proceso: Infocom argumenta que el dictado de un reglamento debe ser precedido por el correspondiente procedimiento administrativo, que incluye la convocatoria de una audiencia pública mediante La Gaceta y en dos periódicos de alcance nacional.