Sutel advierte a operadores que no pueden bajar velocidad de Internet móvil en forma indiscriminada

Todos los planes de postpago establecen topes de consumo de datos, pero medida es para desestimular al 5% de usuarios

Este artículo es exclusivo para suscriptores (3)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Ingrese a su cuenta para continuar disfrutando de nuestro contenido


Este artículo es exclusivo para suscriptores (2)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.


Este artículo es exclusivo para suscriptores (1)

Suscríbase para disfrutar de forma ilimitada de contenido exclusivo y confiable.

La Superintendencia de Telecomunicaciones (Sutel) advirtió a los operadores móviles que no pueden aplicar en forma indiscriminada la política de uso justo y al Instituto Costarricense de Electricidad (ICE) específicamente sobre las situaciones en que no puede ejecutar la medida.

Con esa política, aprobada hace tres años por la misma Sutel, las firmas pueden disminuir la velocidad de Internet móvil a quienes superan el tope de datos de sus planes de telefonía celular postpago.

Claro y Movistar la empezaron a implementar en el 2014. El ICE la ejecuta desde el 1° de marzo anterior.

La medida fue cuestionada por la Defensoría de los Habitantes y enfrenta tres recursos de amparo ante la Sala Constitucional para que sea suspendida.

LEA Defensoría acude a Sala IV para suspender restricción en Internet móvil postpago

Advertencia a todos

El Consejo Directivo de la Sutel acordó el pasado 8 de marzo advertir a los operadores de servicios de Internet móvil sobre el umbral para la aplicación de las políticas de uso justo.

La Sutel reiteró a las compañías que esta política fue diseñada "para disuadir al 5% de los usuarios finales que consumen alrededor del 35% de los recursos y capacidad de las redes", que estarían afectando la calidad del servicio recibida por los demás usuarios.

También la Superintendencia ordenó a los operadores y proveedores de Internet móvil acreditar ante la Sutel "que su oferta comercial completa cumple con las políticas de uso justo".

El acuerdo dirigido a todos los operadores se adoptó "en virtud de la urgencia que el tema revista para el mercado" y debido a que todos los planes de postpago que comercializan los operadores establecen límites mensuales para descarga de datos móviles.

LEA Operadores castigan con velocidad mínima en Internet móvil a usuarios que pasan límite de datos

Advertencia al ICE

Ocho días antes, el 1° de marzo pasado, la Sutel advirtió al ICE, que comercializa sus servicios con la marca Kölbi, que le ordenaba abstenerse "de inmediato" a aplicar las condiciones de uso justo a usuarios con contratos con condiciones de descarga ilimitada.

Tampoco puede aplicar la restricción a los usuarios con contratos que "sean omisos en cuanto a la capacidad de descarga contratada y velocidad a la que se reduciría el servicio de datos una vez aplicada dichas políticas".

Los directores de la Superintendencia acordaron también "ordenar" al ICE "que únicamente puede aplicar políticas de uso justo cuando se cumpla a cabalidad los terminos y condiciones establecidos en la resolución RCS-063-2014".

Esta es la resolución que establece que la reducción de velocidad solamente se puede aplicar a los contratos de adhesión que indiquen o consignen "de forma clara y veraz que el servicio contratado se encontraba sujeto a políticas de uso justo".

Además, tales contratos deben detallar la forma cómo se aplica "o cuando se informara con un mes de antelación, la modificación de las nuevas condiciones en aquellos contratos que no se encontraban sujetos a permenencia mínima o cuando dicho plazo ya se hubiera cumplido".

Insuficiente

La Sutel, además, acordó "advertir al ICE que, en caso que esta Superintendencia tenga conocimiento por medio de las reclamaciones, denuncias u otras vías, que se encuentra aplicando políticas de uso justo de forma contraria a lo dispuesto, se resolverá lo que en derecho corresponda".

La llamada de atención de la Superintendencia surge dado que, según se consignó en la sesión del Consejo Directivo, "se tiene conocimiento que algunos usuarios suscribieron contratos de adhesión a un periodo de permanencia mínima, en los cuales se consignó que no aplicaba un tope en la descarga de datos".

Asismimo, se indicó que también el ICE "omitió informar la velocidad a la cual disminuiría el servicio una vez que se supere el límite de consumo".

Para la Sutel no fue suficiente la notificación realizada por el ICE en su sitio web y a través de medios de comunicación masiva.

"Tanto el comunicado de prensa como la información que se encuentra disponible en el sitio web del operador obedece a una información general sobre la aplicación de las políticas de uso justo", advirtió la Superintendencia.